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Recurso de reposición. ¿Cuál es el siguiente trámite en caso de silencia administrativo?

3 respuestas
Recurso de reposición. ¿Cuál es el siguiente trámite en caso de silencia administrativo?
Recurso de reposición. ¿Cuál es el siguiente trámite en caso de silencia administrativo?
#1

Recurso de reposición. ¿Cuál es el siguiente trámite en caso de silencia administrativo?

UnEl catastro me ha notificado mediante un ACUERDO DE ALTERACIÓN DE LA DESCRIPCIÓN CATASTRALun un valor catastral de 8700€ para una construcción en terreno rustico de 27 m2. En la motivación del valor hacen constar que la fecha de dicha construc catastro ción es del 2002, uso como vivienda y que el estado de conservación es Normal. 
 
En el año 1.919y en la referida construcción nació y vivió durante su niñez la anterior titular de la que heredé la propiedad, falleciendo ésta en Octubre de 2021 a la edad de 101 años, y que por lo tanto esta construcción data de al menos 101 años. De hecho,  dicha edificación ya aparece en el CATASTRO DEL ARCHIVO HISTORICO DEL AÑO 1956 y que por lo tanto el año de construcciónque figura en la certificación catastral como 2002 no es correcto 
 
Por otro lado, el estado de conservaciónde la edificación es totalmente precario. Dispone de solo una estancia con un murete de separación parcial que no llega al techo. No dispone de instalación eléctrica,  ni de suministro de agua, ni alcantarillado, ni “pozo negro”. El tejado presenta filtraciones importantes y el pavimento,  puertas y ventana presentan unas condiciones lamentables, dando lugar todo ello a un ESTADO RUINOSO, que no es concordante con un ESTADO DE CONSERVACION “N” tal como consta en el Expediente de Declaración catastral 
 
Ante esta resolución he presentado hoy en la sede  electrónica del catastro un Recurso de reposición. En caso de que se produzca silencio administrativo, mucho agradecería a quien me informase cual sería la siguiente instancia superior a la que presentar la reclamación pertinente. También es de mi interés conocer si preciso procurador y abogado para esa instancia y cualquier información complementaria de mi interés para ese trámite 
 
Quedo agradecido de antemano 
#2

Re: Recurso de reposición. ¿Cuál es el siguiente trámite en caso de silencia administrativo?

 
  Hola 

         Te envio dos enlaces sobre el recurso de reposición y los pasos que se dan. 

        Como se indica tienen un mes para resolver, o si no se considera desestimado. Si es desestimado se puede reclamar al tribunal económico administrativo  para lo cual me parece que lo puede hacer uno mismo sin procurador ni abogado, porque no es un juicio. El ultimo paso, si también se destima es poner una demanda contencioso-administrativa para lo que hace falta abogado. 

  De todos modos es necesario tener pruebas. Si tienes escrituras de la propiedad, lo que pone en ellas prevalece sobre lo que diga el catastro y es una prueba sobre la fechas y estado del inmueble. O si no la medición e informe de un perito o un técnico cualificado. 

   Un saludo. 


     
#3

Re: Recurso de reposición. ¿Cuál es el siguiente trámite en caso de silencia administrativo?


  Se me olvidaba, si ha habido arreglos y mejoras de construccion es posible que la nueva fecha que pongan sea debido a que cuenten desde la fecha en que se hicieron dichas mejoras de construccion.    Un saludo.


#4

Re: Recurso de reposición. ¿Cuál es el siguiente trámite en caso de silencia administrativo?

Muchas Gracias!