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Compartir gastos

4 respuestas
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#1

Compartir gastos

Hola, a ver si pudiesen aclararme una duda.
Tenemos un local en el que somos dos autónomos independiente. Cada uno sus clientes y sus proveedores y solo compartimos gastos de luz, agua, etc. Además nuestra actividad está exenta de IVA. 
La pregunta es la siguiente. Si la factura de la luz viene a mi nombre y la mitad la paga el otro.

Estaría bien si yo en esa factura me deduzco solo el 50% y emito una nota de gasto por el otro 50%, o tendría que facturarlo.
En caso de servir la nota de gasto, el se la podría deducir?.
Así me lo han hecho entender, pero querría asegurarme. Gracias 
#2

Re: Compartir gastos

Siempre que no se añada ningún recargo, es correcto hacer nota de cargo por el 50% y será gasto deducible. Obviamente para ti, será gasto deducible también el 50% y así deberías reflejarlo en una nota en la factura.
Es recomendable suscribir un contrato o acuerdo que recoja los gastos compartidos y sus porcentajes.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Compartir gastos

Entonces no hace falta hacer una factura por eso verdad?, en qué factura habría que añadir el apunte en la original a la hora de deducirá? 
GRACIASSSS!!!! 
#4

Re: Compartir gastos

No hace falta hacer factura, pero tampoco está prohibido, las dos alternstivas son correctas.
El apunte se hace en la original, haciendo referencia al cargo del 50%, para que todo quede claro a efectos contables y fiscales.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#5

Re: Compartir gastos

Muchísimas gracias por la aclaración, y por su ayuda.