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Tributación de vivienda vendida en el extranjero

5 respuestas
Tributación de vivienda vendida en el extranjero
Tributación de vivienda vendida en el extranjero
#1

Tributación de vivienda vendida en el extranjero

Buenos días, mi mujer es residente en España desde hace 10 años, y hace aproximadamente un año, heredó junto a su hermana (que vive en Polonia) el piso de sus padres fallecidos, en ese momento se transmitió la vivienda a mi mujer y su hermana sin pagar ningún tipo de impuesto de sucesiones ni plusvalias municipales (parece ser que allí no pagan), y hace unas semanas, han realizado la venta del piso sin tener que pagar en Polonia ningún tipo de impuesto, ni plusvalía municipal ni IRPF. 

El piso se ha vendido por 50.000€ y a mi mujer le corresponden 25.000€, que están el una cuenta a nombre de su hermana. De momento no queremos transferir el dinero a España, hasta que no tengamos claro como va el tema de los impuestos. Por lo que he leido, mi mujer tendría que pagar en el IRPF del año que viene la plusvalía que haya tenido la vivienda en ese año que ha estado a su nombre, de sus 25.000€, pero no tengo claro como Hacienda puede calcular esa plusvalía sin saber el valor de esa vivienda cuando se transmitió la herencia, ya que allí no hay impuesto de sucesiones. No se si alguien conoce casos similares o me puede ayudar.

Por otro lado me dan ganas de irnos de viaje y traernos el dinero en efectivo y aquí no ha pasado nada, a ver que os parece.

Saludos.
#2

Re: Tributación de vivienda vendida en el extranjero

 Existen mecanismos de intercambio de información entre las Haciendas de los países de la UE. Evalúa la posibilidad de que la Hacienda polaca informe a la Hacienda española sobre la compraventa. 

Si traes el dinero a una cuenta española, Hacienda tendrá información del aumento del saldo y puede o no pedir explicaciones. 

Si declaras la ganancia patrimonial, tributará el 19% sobre los primeros 6000 euros  y el 21% sobre 19.000 (tomo 25.000 como ganancia de la operación) 

La ganancia patrimonial debe calcularla el contribuyente. Si la calcula Hacienda, malo. Significará que no está de acuerdo en la calculada por el contribuyente, o que ha descubierto que se ha incumplido la obligación de declarar. 

Principio de igualdad: Tu esposa polaca, residente fiscal en España que tributa por su renta mundial, debe pagar el mismo IRPF que paga una esposa española, residente fiscal en España, que hereda un inmueble en nuestro país y lo vende después con una ganancia de 25.000 euros. 

Igual eres de los que piensan que todos deberían pagar impuestos para contribuir a financiar los servicios públicos, las pensiones, la educación, la sanidad, etc. del país en el que residen, España en este caso. Igual piensas que deben pagar impuestos en España la esposa polaca y la esposa española que han vendido un inmueble y han obtenido una ganancia. 

(Dices que la esposa polaca no ha pagado nada en Polonia y no habría doble imposición.) 
#3

Re: Tributación de vivienda vendida en el extranjero

veo que hay un hilo que abriste sobre este tema hace un año y lo que allí te dijeron es perfectamente válido.
https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/5062301-traer-herencia-pais-union-europea

Tu esposa tenía -tiene, porque aun no hay prescrito- obligación de presentar el impuesto de Sucesiones en España por ser residente.  Ahí podría dar el valor a la vivienda por el que lo ha vendido, con lo cual la ganancia en el IRPF sería 0,  y en el impuesto de Sucesiones, siendo herencia padres-hijos, probablemente no tuviese que pagar nada. Tal vez hubiese una pequeña multa de 100 euros, si es como en el IRPF, por presentarlo fuera de plazo. Claro, tiene que hacer todo el papeleo -obtener certificados de defunción, testamento, reparto de la herencia traducirlo para entregarlo en la Hacienda autonómica que tramita el impuesto...- que cuesta más el collar que el perro por la tradución seguramente. Por tanto, el daño a España sería más "formal" que "real" porque no habría impuestos que pagar y sí tramitación burocrática.

Luego está lo que comentas, si agarras el dinero en metálico, lo traes a España y lo vas gastando, probablemente no se enteren de nada, aunque estrictamente no sería lo legal.

#4

Re: Tributación de vivienda vendida en el extranjero

Muchas gracias por vuestras respuestas. Creo que lo mejor que podemos hacer es ir a un buen asesor fiscal (hablé con uno, pero tenia menos idea que yo, jeje) y que nos saque los números de lo que tendríamos que pagar trayendo el dinero vía bancaria y no tener problemas en el futuro con Hacienda, pero si la cantidad a pagar es muy grande, no descarto otras vías. No es que esté en contra de pagar impuestos, pero si tiene que pagar sobre un 20% de los 25.000€, unos 5.000€ me parece abusivo, sus padres ya pagaron todos sus impuestos en su día, en fin de eso se puede hablar largo y tendido. Por el contrario, si hay que pagar una cantidad menor y que consideráramos justa, estaríamos de acuerdo.
El problema que veo es que al no haber impuesto de sucesiones en Polonia, no hay un valor oficial para la vivienda en el momento que heredó, de este modo la plusvalía en ese año habría sido mínima. Además si Hacienda empieza a pedirnos documentación y tenemos que empezar a hacer traducciones juradas de todo nos va a salir por un buen pico y muy pesado todo. En fin, iremos viendo que hacemos, también se me ocurre preguntarle al notario de Polonia sobre los impuestos que debemos pagar aquí, quizás también nos pueda aclarar algo.

Saludos.
#5

Re: Tributación de vivienda vendida en el extranjero

te insisto, que no haya pagado Sucesiones ni valorado la propiedad en Polonia no es un problema. Ese valor se lo puede dar en España al presentar la declaración del impuesto de Sucesiones fuera de plazo, y si resulta que un año después lo ha vendido por ese precio, no creo que nadie se ponga a discutirlo. 
El problema lo veo en todo el formalismo de traducir los papelotes; tal vez presentándolo por Internet puedas añadir 3 traducciones hechas de aquesta manera, porque no creo que nadie se vaya a poner a revisar una herencia de 25.000 euros de padres a hijos que no aporta cuota tributaria; ahora, si vas a entregarlo a mano, probablemente revisan la documentación al recogerla.
Si vas vía declararlo directamente en el IRPF sin hacer Sucesiones, pues el valor de adquisición es 0 porque no puedes demostrar otra cosa, con lo cual todo es ganancia y se te van 5.000 euros probablemente en la ganancia patrimonial.
#6

Re: Tributación de vivienda vendida en el extranjero

Gracias, pues voy a plantearselo así al asesor fiscal, que me calcule y valore el hacer el impuesto de sucesiones aunque sea con multa por el retraso, y si es muy lioso o caro ya veré otras opciones.

Saludos.