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Prestamo entre familiares

5 respuestas
Prestamo entre familiares
Prestamo entre familiares
#1

Prestamo entre familiares

Hola, 

me gustaría preguntar sobre la situación de recibir un prestamo de dinero de un familiar, para que conste como prestamo a devolver y no como donación, me parece que hay que resgistrarlo ante notario?
Y el tramite de registrarlo como prestamo tiene alguna condiciones?, como indicar en que periodos se devuelve el dinero, osea si es una mensualidad o si es una anualidad?, cuanto dinero se devuelve en ese periodo indicado?, o si es obligado que haya algun tipo de interes?


Muchas gracias por las aclaraciones!
#2

Re: Prestamo entre familiares

No es necesaria la intervención de un notario...

En estos enlaces tiene modelos e indicaciones para rellenar un contrato que formalice el acuerdo entre ambas partes de préstamo. Una vez realizado y firmado el contrato de préstamo entre particulares, por triplicado, el prestatario, es decir, quien recibe el dinero, presenta una copia conjuntamente con el modelo 600 en la Delegación de Hacienda de la Comunidad Autónoma del lugar de residencia del prestatario. Más detalles en los enlaces...

Contrato de préstamo entre particulares SIN intereses [Descarga gratis] | OCU
https://www.asesoriasoledadalcaracejos.es/modelo-contrato-prestamo-entre-particulares/modelo-contrato-prestamo-entre-particulares.html
https://www.reclamador.es/blog/prestamo-entre-familiares/

Un saludo
 
#3

Re: Prestamo entre familiares

Muchisimas gracias, me has informado genial.

saludos!
#4

Re: Prestamo entre familiares

Hola!

me ha surgido una duda relacionada con este tema, suponiendo cuando notificamos a hacienda un pago mensual de una cuantia al que presta el dinero, si más adelante necesitamos pagar una cantidad mensual de forma temporal, por perdida de empleo po ejemplo, como seria la forma de actuar?. habria que notificarselo a hacienda el nuevo cambio?, y asi con cada cambio que se produzca en la cuota de la devolución del dinero?

Gracias!
#5

Re: Prestamo entre familiares

Mi criterio personal es que, si no hay un cambio sustancial en las clausulas acordadas en el préstamo, por ejemplo duplicar la cantidad prestada, o duplicar el plazo de devolución, etc., para el cambio sencillo de una mensualidad que se divide en dos o sucesos normales de la vida cotidiana, no veo necesario la presentación del nuevo contrato privado y M-600 en la Delegación de Hacienda, aunque sí aconsejaría que cualquier modificación de las condiciones "relevantes" contratadas, que requiere el consentimiento de todas las partes implicadas, se realice por escrito.

Al final de lo que se trata es de que, ante una revisión de Hacienda, se pueda demostrar que no hay una donación encubierta, que hay transferencias desde una entidad financiera con el ingreso prestado y transferencias de devolución desde la misma u otra entidad financiera.

Y recuerde que, la posibilidad de modificar un préstamo es una de la clausulas que suele estar recogida en el propio contrato y que una llamada de consulta a la Delegación de Hacienda resuelve dudas si está "preocupado/a".

Un saludo
#6

Re: Prestamo entre familiares

Ok comprendo, muchisimas gracias por la aclaración, 

saludos.