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Dependencia severa y venta vivienda eje. 2021

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Dependencia severa y venta vivienda eje. 2021
Dependencia severa y venta vivienda eje. 2021
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Dependencia severa y venta vivienda eje. 2021

Btardes: en primer lugar darle las gracias por compartir conocimientos y consejos en un tema tan "especial" como es la Renta.

Paso a exponer mi situación, pregunta y consejo:
" mi condición  y situación de persona física es la de IPA (incapacidad permanente absoluta), desde el año 2014, por sentencia judicial a mi favor, derivada de problemas de salud invalidantes, mí grado de invalidez es el 51% (grado IV. Minusvalía o Discapacidad Grave), el cual está encuadrado en  Grado II, Dependencia severa, desde el año 2019.

Soy divorciado desde el año 2012, manteniendo una vivienda habitual en régimen de gananciales (no se extingue con esta venta la situación de régimen  de gananciales, por existir otra vvda en propiedad), esta vvda. habitual, se ha vendido en el año 2021, habiendo obtenido un  beneficio por dicha venta, correspondiente a mi 50 % de la vvda.

Según indica la Ley del IRPF, y la Ley de promoción de la autonomía personal, etc..........: las personas encuadradas dentro de las circunstancias particulares antes expuestas (en cuyo caso me encuentro),  están exoneradas de pagar IRPF por esta situación.
 
A la vista de lo expuesto,  debo: ¿ efectuar declaración de la renta por esta venta y el beneficio obtenido a pesar de mi Dependencia Severa?.Debo aclarar  que estoy exento de pagar IRPF por mis ingresos de la situación de IPA, y hago la declaración de la renta porque tengo otros ingresos de una Cia. de Seguros por una comisión de cartera de seguros en extinción.
 
Y si fuera así, el tener que declarar el beneficio, y me sale a pagar, por la escala del IRPF , para estos casos de beneficio,  ¿ en qué casilla debo indicar la exención por mi situación de invalidez severa para que me dé negativa la declaración de la renta?.

Espero haber expuesto mi caso con la claridad suficiente y que me puedan contestar para no concurrir en errores. 

Gracias anticipadas.  Saludos cordiales
Juan Manuel Ramos Quevedo
DNI 43.253.372D  móvil 619 64 10 43


#2

Re: Dependencia severa y venta vivienda eje. 2021

no es conveniente publicar datos personales en estos foros, te aconsejo que pidas a los administradores que los borren.
Están exentas  las ganancias derivadas de la transmisión de su vivienda habitual por mayores de 65 años o por personas en situación de dependencia severa o de gran dependencia de conformidad con la Ley de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.

No hay que indicar la operación en ninguna casilla. 
Distinto es cuando se reinvierte la ganancia de otra vivienda que no sea la habitual en un seguro de rentas vitalicias, sí hay que declarar la operación e indicar la exención.