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Tributación de dividendos (IRPF)

127 respuestas
Tributación de dividendos (IRPF)
3 suscriptores
Tributación de dividendos (IRPF)
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#73

Re: Tributación de dividendos (IRPF)

Por cierto voy a exponer mi caso que será parecido a muchos foreros y con una simple maniobra hacienda nos devuelve algo más; (todo esto suponiendo que se cumple la fórmula en la cual no me deduzco nada y supero el mínimo por descendiente)

caso 1

Supongamos que yo he cobrado 2000 euros nacionales + 1000 euros extranjeros exentos (cumplen con la regla de los 2 meses y 1 año respectivamente)

por tanto al hacer la exención con la parte proporcional, me estarian exentos 1000 (nacionales) + 500 (internacionales). Por tanto me devolverian 285 euros.

De la parte no exenta que son 1000 (nacionales) + 500 (internacionales) me devolverian 75 euros (el 15% de 500 euros por doble imposición en USA.

En total me devuelven 360 euros.

caso 2

Supongamos que los extranjeros hago una compraventa rápida y ya no cumplen con la exención.

De la parte exenta tenemos 1500 euros nacionales, por tanto me devolverían 285 euros.

De la parte no exenta tenemos 500 (nacionales) + 1000 (extranjeros), que me devolverían (1000*0,15) = 150 euros por doble imposicion

En total me devolverían 435 euros, algo más que en primer caso y todo esto gracias a una compraventa, efectuada por ejemplo el 31 de diciembre.

Es correcto esto?

#74

Re: Tributación de dividendos (IRPF)

Como lo ves Crazy, se que hay muchos casos como el mío, pero somos unos cuantos y aunque son unas perracas aqui hay que rascar por donde sea.

#75

Re: Tributación de dividendos (IRPF)

Joder que enrevesado eres Jordi, ;)

Pues va a ser que sí, yo creo que lo que comentas es correcto. De todos modos esperaremos que lo corrobore Rodrigo.

Entiendo que quieres vender y volver a comprar el valor?? Habría que ver las comisiones de compra y venta y ver si realmente compensa. Yo creo que realmente no compensa hacer eso, te explico por que;

Como máximo en el ejemplo que comentas ibamos a recuperar 75 euros con esos 500 euros exentos. Una venta y compra de un valor internacional como mínimo serán 40 euros, como mínimo tendremos dos valores que nos reporten esos dividendos. Ya sumariamos 80 euros en compraventas.

Por lo cual creo que no sería lo mas óptimo aunque muy bien pensado.

#76

Re: Tributación de dividendos (IRPF)

Si es que yo en IB pago 1 dolar no 15 euros como en ING, de todas maneras la famosa exencion de 1500 euros solo es para recuperar 285 euros. No se a ver que nos dice Rodrigo

#77

Re: Tributación de dividendos (IRPF)

Las decisiones no sólo hay que tomarlas desde exclusivamente un punto de vista fiscal ... se podría jugar con esa posibilidad, pero también (sólo desde el punto de vista fiscal) hay que tener en cuenta que esa venta va a generar una ganancia patrimonial (que tributa sí o sí) o una pérdida (que de momento me va a quedar "cautiva"), y todo ello dando por supuesto que ese tipo medio sea superior al 15%.

Saludos.

#78

Re: Tributación de dividendos (IRPF)

Tienes razón Rodrigo, estamos hablando siempre y cuando se cumpla lo del tipo medio y además de darse múltiples condiciones, y sólo sería un pequeño porcentaje de la famosa exención de los 150 euros ( % de 285 euros)

Demasio enrevesado, saludos

#79

Re: Tributación de dividendos (IRPF)

Una duda que me surge de este tema de declarar los dividendos, si por ejemplo, compramos una empresa en diciembre y nos dan los dividendos en ese mismo mes, en teoria hay que estar dos meses antes o despues sin vender para que estén exentos esos dividendos. Pero en la declaración como los ponemos, que están exentos o no??? Puesto que la regla de exención se cumpliria al año siguiente.

#80

Re: Tributación de dividendos (IRPF)

Si el dividendo lo pagan en diciembre, en marzo ya sabes si las acciones las has mantenido dos meses o no desde ese pago ... voy a ponerme en el peor de los casos, cuando el período de mantenimiento es de un año antes o un año después, pagan el dividendo el 28 de diciembre y no hemos cumplido el plazo del año anterior.

Llega mayo, declaración de la renta y todavía mantengo las acciones. Mi intención es mantenerlas ese año después del pago del dividendo. Por tanto los declaro como exentos. Si después de hacer la declaración de la renta vendo las acciones antes del año (28 de diciembre) presentaré una complementaria para regularizar.

Saludos.

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