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Limite edad deducción por arrendamiento de la vivienda habitual

2 respuestas
Limite edad deducción por arrendamiento de la vivienda habitual
Limite edad deducción por arrendamiento de la vivienda habitual
#1

Limite edad deducción por arrendamiento de la vivienda habitual

Para la aplicación de la deducción por arrendamiento de la vivienda habitual en la Comunidad de Madrid existe el requisito de edad inferior a los 35 años.

Edad del contribuyente.
El contribuyente debe tener menos de 35 años de edad a la fecha de devengo del impuesto (normalmente, el 31 de diciembre).
En caso de tributación conjunta, ¿deben cumplir este requisito ambos cónyuges? 
Se supone que el programa borrador debería controlarlo, pero estoy viendo en mi caso que si el primer declarante es menor de 35 pero el segundo es mayor de 35 me deja aplicar la deducción igualmente ¿es correcto? 

#2

Re: Limite edad deducción por arrendamiento de la vivienda habitual

¿Nadie?
#3

Re: Limite edad deducción por arrendamiento de la vivienda habitual

es una deducción individual, en la conjunta simplemente debería sumarse el resultado de los datos introducidos al rellenar individualmente los datos de cada miembro; 
si a la persona menor de 35 años a 31/12 le pones la mitad del alquiler y cumple las demás condiciones que se requieran, entonces aparecerá la cantidad a deducir en la declaración individual y en la  conjunta.
Si la otra persona no cumple el requisito de edad, aunque rellenes los datos, no debería aparecer nada a deducir en la individual y tampoco sumarse en la conjunta.
Si pones toda el alquiler solo a la persona que cumple los requisitos cuando hay 2 inquilinos firmando el contrato, entonces te aparecerá toda la deducción en la conjunta, pero lo estás haciendo mal.