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Dudas deducciones declaración renta

5 respuestas
Dudas deducciones declaración renta
Dudas deducciones declaración renta
#1

Dudas deducciones declaración renta

Vengo a ver si alguien que controle las deducciones de MADRID me puede echar una mano....

Dejo mis dudas por si alguien sabe contestarme a alguna de ellas, he leído gran parte de este hilo y el anterior pero es muy complicado seguir el ritmo de respuestas:

1) He leído que si los seguros contratados están asociados al tipo de una hipoteca se pueden deducir en la declaración de la renta. ¿Alguien sabe algo? He leído que el de hogar, pero no se si otros seguros como vida o protección de pagos también pueden incluirse.

*Fuente: https://www.bankinter.com/blog/finanzas-personales/renta-casilla-seguro-hogar

2) Estoy colegiado en la COP de Madrid y he visto que también se puede incluir, ¿qué debo incluir exactamente? En 2020 me pasaron 2 recibos, uno por semestre, ¿cómo se hace? mi colegiado no da más detalles sobre esto.

3) El año pasado tuve un hijo y según esta web (oficial de la CAM) https://www.comunidad.madrid/servicios/atencion-contribuyente/beneficios-fiscales

"Deducción por nacimiento o adopción de hijos

La Comunidad de Madrid aplica distintos beneficios fiscales para paliar los gastos que generan el nacimiento o la adopción de hijos.

Así, puedes deducir 600 euros por cada hijo nacido o adoptado tanto en el período impositivo en el que se produzca el nacimiento o la adopción como en cada uno de los dos períodos impositivos siguientes.

En el caso de partos o adopciones múltiples esta cuantía se incrementará en 600 euros por cada hijo en el primer ejercicio en que te apliques la deducción

No obstante existen unos límites de renta: Así, sólo podrás aplicarte la deducción si tu renta no supera los 30.000 euros en tributación individual o 36.200 euros en tributación conjunta, ni la suma de las bases imponibles de todos los miembros de la unidad familiar de la formes parte sea supere los 60.000 euros"

De lo subrayado en negrita... si la hacemos de forma individual superamos los 60.000 pero uno por si solo no llega a 30.000, esta persona puede incluirlo en su renta y desgravarse los 600€? ¿en qué casilla o como se debe indicar? no se si pidiendo cita telefónica/presencial te ayudan en este tema o solo están para aceptarla y andando.

Por otra parte, la maternidad/paternidad se retrasó tanto en aprobarse que ya lo empezamos a cobrar en 2021, pero realmente son meses por atrasos de 2020 y en la declaración de la renta no viene incluido, ¿debo incluirlo? más que nada para evitar el palo en la del año que viene.

Y por último sobre este tema del hijos, ¿se pone al 50% para cada uno de los progenitores? (casados, que creo que pareja de hecho es diferente).

4) ¿Alguna gestoría en Madrid que de resultado? ¿merece la pena contratar una?

Gracias de antemano a tod@s.
#2

Re: Dudas deducciones declaración renta

alguien sabe?
#3

Re: Dudas deducciones declaración renta

Respecto a la deducción por hijo, el límite de 60.000 es también si presentáis individual, o sea que no lo podríais dedudir. Segun el manual:

Límites de la suma de las bases imponibles general y del ahorro (suma de las casillas [0435] y [0460] de la declaración) para poder aplicar la deducción. Se exige un doble límite; uno general, que ha de cumplir el contribuyente que pretenda aplicar la deducción, y otro especifico que ha de cumplir la unidad familiar de la que forme parte:

a. Contribuyente: la suma de las bases imponibles general y del ahorro del contribuyente no podrá superar:

  • 30.000 euros en tributación individual.
  • 36.200 euros en tributación conjunta.
b. Unidad familiar: la suma de las bases imponibles general y del ahorro de todos los miembros de la unidad familiar de la que el contribuyente pueda formar parte no podrá ser superior a 60.000 euros.

Reglas para su aplicación:

  • Si se trata de una unidad familiar conyugal (de las reguladas en el artículo 82.1.1ª de la Ley del IRPF), habrán de agregarse las bases imponibles de cada uno de los miembros de la unidad familiar integrados en la misma, con independencia de que opten o no por el régimen de tributación conjunta y de que estén obligados o no a presentar declaración.
  • Así, para cada cónyuge, la base imponible será la correspondiente a ambos más las de los hijos (menores de edad o mayores incapacitados judicialmente sujetas a patria potestad prorrogada o rehabilitada), comunes o no, que convivan con el matrimonio.

  • En el caso de tributación conjunta será la base imponible de dicha declaración la que se tenga en cuenta a efectos del límite fijado.
#4

Re: Dudas deducciones declaración renta

Es decir, por ejemplo, si una persona esta a media jornada y cobra (por ejemplo) 5.000€/año y su cónyuge cobra +55.000 ya ninguno de los 2 pueden optar a esa deducción porque superarían los 60.000€, ¿es así?
#5

Re: Dudas deducciones declaración renta

Los ingresos brutos no son lo mismo que la base imponible, ya que hay algunas reducciones por rendimientos del trabajo y también se restan las cotizaciones. Pero aparte de eso sí, esa es la idea.
#6

Re: Dudas deducciones declaración renta

Si, si, hablaba en bruto. Gracias por tu comentario.