¡Hola Taxer!
Según la Agencia tributaria, en Aragón se pueden deducir 75 euros por cada contribuyente que cumpla los siguientes requisitos:
- Que el contribuyente tenga 70 o más años de edad y obtenga rendimientos integrables en la base imponible general, siempre que no procedan exclusivamente del capital.
- El contribuyente debe necesariamente obtener algún rendimiento que provenga de los rendimientos del trabajo y/o de las actividades económicas para que la deducción sea aplicable. Asimismo, ha de tenerse en cuenta que las ganancias patrimoniales que no derivan de transmisiones se considerarán rentas del capital a los efectos de determinar si se cumplen los requisitos para poder aplicar la deducción.
- Que la cantidad resultante de la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro casillas [0435] y [0460] de la declaración, no sea superior a las siguientes cantidades: 23.000 euros en declaración individual o 35.000 euros en declaración conjunta.
Un saludo, y ¡Feliz Campaña de la Renta!