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Derechos del Santander

3 respuestas
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#1

Derechos del Santander

Buenas tardes: Había comprado el 5/1/07, 273 acciones de Santander a 14,54€; el 27/12/07, 330 más a 14,79€,teniendo en ese momento 603 acciones. En noviembre de 2008 hay una ampliación de capital, otorgando 1 derecho por acción (por cierto ¿sabeis cual fue el precio de los derechos?) y con la proporción de 1 acción nueva por 4 derechos más 4,5€. Me correspondieron 150 acciones pagando 675€ y me sobraron 3 derechos que no vendí. Quisiera que me informaran cómo se contabilizan los costes de adquisición de estas tres adquisiciones para la hora en que tenga que venderlas.
Pensando en el dividendo que van a entregar con derechos que se pueden escoger en acciones liberadas, en efectivo o vender los derechos en el mercado continuo, si escojo tomar las acciones, ¿tienen retención los derechos?, si no me cuadran los derechos con las acciones, sobrándome algunos, ¿qué tengo que hacer, comprar o vender derechos para cuadrar las cuentas?, ¿A las acciones de las que provienen los derechos se les minoran el precio de los derechos pasando a haber costado el precio inicial menos el precio de los derechos?. A las acciones del dividendo ¿qué precio se les asigna?.
Esperando vuestra información para saber como tengo que contabilizar todas las adquisiciones que llevo hasta ahora, cinco, y las que más alante haga.

#2

Re: Derechos del Santander

Tienes que anotar en tus controles 3 compras distintas:

* 05.01.2007. 273 acciones. Valor de adquisición: 14,54 x 273 - gastos de compra.

* 27.12.2007. 330 acciones. Valor de adquisición: 14,79 x 330 - gastos de compra.

* Fecha en que te entregaron las acciones de la ampliación. 150 acciones. Valor de adquisición 675 + gastos de suscripción.

En cuanto al "dividendo" que entregan con "derechos". Es una ampliación liberada con compromiso por el banco de compra de los derechos a un precio fijado de antemano para quienes no deseen acudir a la ampliación. Las opciones son tres y todas las intermedias:

1.- Suscribir la ampliación. Fiscalmente las acciones recibidas "heredan" la fecha de adquisición de las acciones de las que proceden. En tu caso debes prorratearlas entre las tres compras. Su valor de adquisición sale de repartir el valor histórico de adquisición entre las antiguas compradas y las nuevas entregadas.

2.- Vender los derechos en el mercado. El importe obtenido en la venta minora el valor de adquisición de las acciones de las que proceden. En caso de venta parcial debes tener en cuenta que los derechos vendidos se corresponden a las acciones compradas en primer lugar.

3.- Acudir al compromiso de compra del banco. En este caso el importe que te van a pagar tributa como un dividendo, con la posibilidad de incluirse en la exención de hasta 1.500 euros. Está sujeto a retención a cuenta.

Todo ello lo tienes mejor explicado en esta consulta vinculante:

http://petete.meh.es/Scripts/know3.exe/tributos/CONSUVIN/texto.htm?NDoc=14777&Consulta=v%31%37%37%37%2D0%39&Pos=0&UD=1

En cuanto a comprar o vender derechos para cuadrar picos, al gusto del "consumidor", no me considero quién para dar esos consejos.

Saludos.

#3

Re: Derechos del Santander

Gracias al.rodrigo por la esplicación tan detallada y el enlace.
Por cierto, las primeras dos anotaciones seran el precio de adquisición + gastos de compra.
Entonces, si he entendido bien, el precio de los derechos no se restan de las dos primeras anotaciones y por ello no se añaden al precio de la tercera anotación.

#4

Re: Derechos del Santander

Perdón, efectivamente, más gastos de compra.

Al no vender derechos no tienes que restar nada.

Saludos.