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Duda con el permiso de acogimiento

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Duda con el permiso de acogimiento
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Duda con el permiso de acogimiento

Somos familia de acogida, y el día 11/12 firmaremos el acogimiento de una bebe de 9 meses.

Llevamos semanas con una duda, que por ahora no nos han sabido aclarar y hasta el INSS nos ha dado diferentes respuestas, es sobre el permiso de acogimiento del progenitor B, os la expongo a ver si me podéis ayudar.

Los dos somos funcionarios, el acogimiento se firmará el 11/12/2020 de una bebe nacida el 02/2020. Mi mujer será la progenitora A con las 16 semanas que las disfrutará interrumpidas y mi caso, yo seré el progenitor B.

Tendré 12 semanas, las 4 primeras interrumpidas e inmediatamente posteriores a la firma del acogimiento y las 8 semanas restantes me gustaría disfrutarlas en periodos interrumpidos con posterioridad a las seis semanas inmediatas del progenitor A, en el verano del 2021. Y aquí viene el problema….

Estos serían los apartados de la normativa que afectan en los casos de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento del permiso del progenitor diferente de la madre biológica  por nacimiento, guarda con fines de adopción, acogimiento o adopción de un hijo o hija de los empleados publicos.

"De manera interrumpida, solo en el caso de que ambos progenitores trabajen en cuyo caso, debe ser en periodos semanales (acumulados o independientes) desde la finalización de las 4 semanas obligatorias o cuando finalicen los permisos por nacimiento y/o adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, hasta que el hijo/a cumpla 12 meses de edad.
En los casos de adopción de mayores de 12 meses de edad, las 8 semanas  no obligatorias serán ininterrumpidas."


Tanto en mi administración, como en las consultas telefónicas del INSS, me dicen que no hay problema que al tener la bebe menos de 12 meses puedo disfrutar de los periodos ininterrumpidamente, durante los 12 meses posteriores a la firma, pero…

Por otro lado, si busco información, o cuando me dan una respuesta, si les menciono lo que consta en la normativa, ya nadie me sabe dar una respuesta, y yo creo interpretar esto de una forma diferente, no podría disfrutar de los periodos interrumpidamente, porque si debo disfrutar de estos periodos hasta que la bebe tenga 12 meses de edad, esto no seria posible, los 12 meses los cumpliría el 02/2021 y no me daría tiempo, y lo que me dicen que puedo disfrutar del permiso durante los 12 meses posteriores a la firma, en trabajadores si que consta así, pero en empleados públicos no lo veo o se interpretar.

No se si me he explicado bien, pero en la normativa que me afecta, la del empleado público por ahora no he encontrado a nadie que me de una respuesta firme, en la normativa de trabajadores es diferente y no quedan dudas, pero en la que me afecta, veo dos requisitos que se contradicen o no se interpretan correctamente, y por eso recibido dos respuestas diferentes, serían estos.

-Acogidas de mayores de 12 meses de edad, las 8 semanas no obligatorias serán ininterrumpidas (no es mi caso, casi tendra 10 meses el día de la firma y algunos se basan en esto para decirme que son 12 meses a partir de la firma, cosa que en la normativa de empleados públicos no consta en ningún sitio).

-Del disfrute de manera interrumpida, se indica que se puede disfrutar hasta que el hijo/a cumpla 12 meses de edad. (aquí no se entiende nada, primero porque habla de hijo/a y una guarda o acogimiento no creo que se deban llamar hijos, y después, porque de ser cierto esto que hay que disfrutar de los periodos de manera interrumpida antes de que cumpla 12 meses, se contradice con el punto anterior, y el anterior punto debería decir: Acogidas de mayores de 9 meses de edad, las 8 semanas no obligatorias serán ininterrumpidas, no los 12 meses que menciona.

Lo que sí tiene claro en el INSS, es que lo tengo que aclarar antes, que como ahora disfrute de las 4 semanas interrumpidas y en el verano solicite las 8 restantes y no se pueda, perdería el derecho a estas semanas, ya que solo pueden modificar prestaciones a 90 días atrás, y en este caso no se podría hacer nada.

Si me pueden ayudar gracias,