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Venta objetos virtuales

5 respuestas
Venta objetos virtuales
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Venta objetos virtuales
#1

Venta objetos virtuales

Buenas tardes, despues de buscar un poco sobre el tema no he llegado a encontrar nada y por eso vengo a consultar aqui sobre el tema por si alguien sabe un poco.

Pues resulta que mi hijo tiene muchos objetos virtuales de juegos que puede vender en paginas de terceros y sacar el dinero a la cuenta bancaria, mi pregunta es a modo fiscal/declaracion como se procede en estos casos. La verdad es que no seria poco dinero y por eso prefiero proceder correctamente, que estando las cosas como estan ahora mismo supongo que mirara hacienda todo con lupa. 

Si alguien ha estado en esta situacion agradeceria toda la informacion posible, muchas gracias.
#2

Re: Venta objetos virtuales

me parece un tema complicado.
Creo que esos "objetos virtuales" teóricamente la plataforma original del juego prohibe su venta y su espíritu es que los use en el juego la persona que los ha ganado; esa venta se hace, como dices, en plataformas de terceros que serían mercados cuanto menos "grises" y que muchas veces son perseguidos por el dueño del juego.
Así, diría que el acto inicial de ganarlos no tiene impacto fiscal por ese hecho de que se supone que no se pueden vender. Y dado que el contrato de uso del juego probablemente prohíba la venta, como he dicho, diría que tampoco debería considerarse actividad económica por mucho que pudiera ganar más del salario mínimo.

si se hace un símil con la venta de objetos físicos en ebay, Wallapop,etc entre particulares :
-Pagar el ITP a la Comunidad Autónoma por el comprador (no sería por tanto tu hijo).
-Ganancia patrimonial en la base del ahorro del IRPF por la ganancia neta (entiendo que el precio de compra es 0)

Puedes hacer una consulta vinculante a la Dirección General de Tributos, explicando detalladamente (porque si no, se salen por peteneras) el escenario (si está prohibido la venta pero se hace por sitios de terceros) para ver cuál es su opinión.
#3

Re: Venta objetos virtuales

Muchas gracias por tu respuesta, me comenta mi hijo que tambien puede cambiarlo por Bitcoins y venderlos. Yo creo que seria una forma mas sencilla, pero claro, el problema que puedo ver es que hacienda pida algo demostrando como has adquirido esos bitcoins no? O simplemente lo declaras y se llevan su % de ganancia, porque claro seria como adquirirlo a 0€ y seria todo ganancias, vamos que hacienda lo mismo daria por saco.

Este niño me va a traer loco, bueno gracias nuevamente por molestarte en contestar.
#4

Re: Venta objetos virtuales

Hola,

Unas preguntas:

  • Dices que no es poco dinero pero, ¿de cuánto estamos hablando?
  • ¿Qué edad tiene tu hijo?
  • ¿Tiene tu hijo algún otro ingreso?

Asumiendo que tu hijo sea menor, que la venta de estos objetos virtuales supongan unas ganancias de menos de 1800€ y que no tenga ningún otro ingreso, lo que yo haría sería lo siguiente: nada. Simplemente asegúrate de que las ganancias están siempre en cuentas a su nombre: si cobra vía PayPal, que la cuenta esté a su nombre. Si de ahí pasas el dinero a una cuenta bancaria, que su único titular sea él (puede tener autorizados, pero no otros titulares). Y luego puedes sacarlo del banco si lo quieres utilizar para algo. Lo que buscamos es quede clarísimo que es tu hijo quien gana el dinero, no tú.

Mi opinión es que es muy improbable que alguien os diga algo. Pero, si lo hacen, estáis bien cubiertos. Con esa cantidad, no le corresponde pagar nada de IRPF, así que no os lo pueden reclamar y por tanto tampoco sus intereses. Como mucho, os podrían poner una multa por no presentar declaración, pero la cuantía sería muy baja. Me parece tan improbable que yo asumiría ese mínimo riesgo. Además, los padres están también cubiertos por ser menos de 1800€.

Seguro que algún compañero puede opinar a favor o en contra de mi teoría.

PS: Yo evitaría los BTC; haría la transacción en EUR y listo. No aporta ninguna ventaja y mejor que todo sea sencillo.
#5

Re: Venta objetos virtuales

desde luego no es probable que las plataformas en que venda los objetos virtuales informen a Hacienda por lo comentado, son sitios "grises", no es un ebay o Amazon. Si te pillan, será porque informe Paypal o un medio de cobro que se use.
Sobre los límites, realmente hay obligación de presentar declaración con más de 1.000 euros de ganancia, ya que son ganancias patrimoniales sin retenciones (el límite de 1.600 euros es para ganancias CON retención).
Y con menos de 5.500 euros de ingresos, la cuota del IRPF es 0. 
Pero otra derivada es si los padres incluyen al hijo en la declaración por el mínimo por descendientes, se pierde en el momento que el hijo tiene que presentar declaración con más de 1.800 euros. Y si presentan declaración conjunta, y el hijo es menor de edad, tendrían que sumar esos ingresos.
Entonces, si por ejemplo los ingresos son 5.000 euros y no se declaran, al hijo podrían ponerle una pequeña multa por no presentar la declaración (75 euros) y a los padres quitarles el mínimo por descendiente, si lo están aplicando.
#6

Re: Venta objetos virtuales

Correcto, no son paginas comunes como Ebay o Amazon. Esas paginas ofrecen el pago mediante ingreso en cuenta bancaria o con bitcoins, por eso la consulta de como proceder para tener ese dinero en la cuenta de forma correcta, porque claro, estamos hablando de 5 digitos en el caso de que las vendiera. La declaracion la hace individual ya que compra y vende acciones y es mayor de edad.

El problema que al ser consulta vinculante ya me tendrian el ojo echado no? Aun que la verdad que serian los que mas claro dejarian el tema.

Gracias por las respuestas.