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Me acabare volviendo lco con vivienda habitual

2 respuestas
Me acabare volviendo lco con vivienda habitual
Me acabare volviendo lco con vivienda habitual
#1

Me acabare volviendo lco con vivienda habitual

Antes de nada saludar a todo el foro, para despues pasar al tema que lleva una semana sin irse de la cabeza, y que nadie me indica claramente com puedo efectuarlo de la mejor forma posible... os explico un poco el caso: Mi esposa y su hermano tienen en propiedad una vivienda adquirida por ellos en julio del 2004...sobre la que pesa un prestamo hipotecario de la caixa, en marzo del año 2005, me caso y estamos en regimen de gananciales. En el 2006 del capital concedido para el prestamo hacemos una ampliacion del mismo, que en el año pasado decidimos, tras ahorrar un poco amortizar completamente, unos 10000 euros, fueron pagados en el año pasado. La pregunta es, puedo aplicarme en mi declaracion individual porcentaje de participacion y deduccion de vivienda habitual?? segunda cuestion, el importe de amortizacion de la ampliacion de capital se puede incluir en la declaracion...ah y por ultimo cuando en el programa padre te indican que pongas catidad con derecho a deduccion, se ha de poner toda la cantidad pagada en el año 2009??? o la mitad, ya que el prestamo esta con dos titulares??? muchas gracias de antemano

#2

Re: me acabare volviendo lco con vivienda habitual

En mi opinión, intentando aclarar un poco la situación.

Hay dos personas que tienen una vivienda en proindiviso, al 50%, adquirida mediante un préstamo hipotecario. Con una de esas dos personas contraes matrimonio, en régimen de gananciales, y esa vivienda es la habitual del matrimonio.

Al ser la vivienda habitual, y ser el régimen económico del matrimonio el de gananciales, sobre el 50% que corresponde a tu esposa, lo que se pague con caudales privativos de tu esposa más lo que ya ha pagado ella de soltera, le sigue perteneciendo de forma privativa a ella, lo que paguéis con caudales privativos tuyos te pertenecerá a ti de forma privativa y lo que paguéis con caudales gananciales pasa a ser parte de la sociedad de gananciales.

Hay que tener en cuenta que los pagos correspondientes a la ampliación no son deducibles, pues no son para la adquisición de la vivienda.

Por tanto, de esos 10.000 euros pagados, que supongo es vuestro 50%, primero hay que determinar que parte se corresponde con adquisición de vivienda, esto se hace en proporción al capital que quedaba pendiente de amortizar en el momento de la ampliación. Y luego lo que quede, si ha sido pagado con caudales gananciales, los dos cónyuges lo aplican, cada uno el 50%.

Saludos.

#3

Re: me acabare volviendo lco con vivienda habitual

A que te refieres con caudales privativos? nosotros para el pago de transferencia de las mensualidades usamos una cuenta comun, y para el pago de la amortizacion, que pagamos mi mujer y yo, no aporto nada mi cuñado, una cuenta ahorro...acabare confirmando y que le den...cada dia entiendo menos,muchas gracias