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Familia numerosa categoría especial

2 respuestas
Familia numerosa categoría especial
Familia numerosa categoría especial
#1

Familia numerosa categoría especial

Buenas noches. En julio nace mi tercer hijo, contando cómo cuarto pues tengo otro hijo con discapacidad que a efectos de contabilizar en la familia cuenta como dos miembros. En total seriamos seis ,y mi duda es como saber si seríamos de categoría especial. Se que depende del IPREM pero por más que busco por Internet no entiendo como calcular la cantidad máxima que deberíamos cobrar en total para ser de esta categoría. Alguien sabe el límite de ingresos para una familia de seis miembros para ser de categoría especial?muchas gracias
#2

Re: Familia numerosa categoría especial

no depende del IPREM, si no del SMI (salario mínimo interprofesional) que es 13.300 euros en 2020.
En tu caso, el límite de ingresos sería 5x0,75x13.300 = 49.875 euros.

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-21052
 
Artículo 4. Categorías de familia numerosa. 
1. Las familias numerosas, por razón del número de hijos que reúnan las condiciones de los artículos 2 y 3 de esta ley, se clasificarán en alguna de las siguientes categorías:
a) Especial: las de cinco o más hijos y las de cuatro hijos de los cuales al menos tres procedan de parto, adopción o acogimiento permanente o preadoptivo múltiples.
b) General: las restantes unidades familiares.
2. No obstante, las unidades familiares con cuatro hijos se clasificarán en la categoría especial cuando sus ingresos anuales de las mismas, divididos por el número de miembros que las componen, no superen en cómputo anual el 75 por ciento del salario mínimo interprofesional vigente, incluidas las pagas extraordinarias. 
3. Cada hijo discapacitado o incapacitado para trabajar, en los términos definidos en el apartado 5 del artículo 2, computará como dos para determinar la categoría en que se clasifica la unidad familiar de la que forma parte. 

#3

Re: Familia numerosa categoría especial

Muchas gracias por la información. Todo lo que había leído hacía mención al IPREM. Si la cantidad límite es la que me comentas,creo que si entraríamos porque,en nuestro caso,los ingresos totales en mi casa no llegan ni a 20000 euros. Pensé que era menor la cantidad mínima y que no podríamos cambiar de categoría.