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Duda imputación perdida patrimonial "regla de los 2 meses"

7 respuestas
Duda imputación perdida patrimonial "regla de los 2 meses"
Duda imputación perdida patrimonial "regla de los 2 meses"
#1

Duda imputación perdida patrimonial "regla de los 2 meses"

 Buenas, a ver porque tengo muchas dudas sobre este tema, describo el ejemplo, y en todo caso son siempre acciones de la misma empresa:

El 28/09/18 compro 11500 acciones.

El 04/03/19 compro 5000 acciones.

El 05/03/19 vendo 6350 acciones con perdidas.

No vuelvo a comprar mas acciones en los próximos dos meses.

Respecto a la imputación de la perdida de estas acciones al ejercicio, es correcto entender que puedo imputar a este ejercicio la perdida que generen 1350 acciones, y de las otras 5000 no puedo imputarlas ahora ya que se habían recomprado en los dos meses anteriores? o como funciona eso que estoy muy perdido.

 
#2

Re: Duda imputación perdida patrimonial "regla de los 2 meses"

Nadie tiene una idea para darme luz sobre este tema? que me tiene algo agobiado
#3

Re: Duda imputación perdida patrimonial "regla de los 2 meses"

La compra y venta de acciones, se rige por el sistema FIFO para la fiscalidad (first in firs out) el primero que entra es el primero que sale,  imaginate un almacen logístico.
Entonces tu tienes que contar que tus perdidas o ganancias se tienen que compensar con las primeras acciones como el 28-09-18 compraste 11.500 y el 05-03-2019 vendiste 6350 las tienes que restar de las que primero comprastes (first in), y tendrías disponibles (11.500-6350) 5150 acciones al precio de 28-09-18 
Espero haber sido de ayuda
#4

Re: Duda imputación perdida patrimonial "regla de los 2 meses"

En ese aspecto no tengo dudas, la cuestión es que en la venta tengo minusvalia (perdidas), y se me plantea la cuestión de si esas perdidas las puedo aplicar este año, o como yo entiendo, que es que NO se pueden aplicar este año, por haber realizado una recompra de acciones en los dos meses anteriores a dicha venta.
#5

Re: Duda imputación perdida patrimonial "regla de los 2 meses"

Am cierto, creo que no puedes deducirte esa pérdida, ya que como dices no han pasado 2 meses desde la última compra.
#6

Re: Duda imputación perdida patrimonial "regla de los 2 meses"

La verdad que sigo sin entender bien como funciona esto, después de darle mil vueltas. Según entiendo en esta operación, en la venta de las 6350 acciones, se considerarian recompradas 5000, de las cuales por tanto, no podría imputarme su perdida a este ejercicio, y de las otras 1350 si, ahora tengo dudas de como se calcula esa perdida, si es considerando que esas 1350 de diferencia son las primeras compradas, o es viendo la perdida total, y aplicando el porcentaje correspondiente que suponen esas acciones en el total de la perdida.
#7

Re: Duda imputación perdida patrimonial "regla de los 2 meses"

Es aplicando el sistema FIFO, busca algun ejemplo en google. Basicamente es que vendes lo primero que entra, para inputar pérdidas o beneficios debes contar con el precio de adquisición de esa compra. Es difícil de explicar, es más facil de explicar como sifuera un almacén, buscalo en google y te lo explicará mejor, sistema FIFO
#8

Re: Duda imputación perdida patrimonial "regla de los 2 meses"

Si yo el metodo FIFO creo que lo entiendo perfectamente.

La cuestión es que cuando se produce la recompra, cuales son las acciones que se están recomprando? si son las 5000 ultimas, pues las perdidas de las 1350 que puedo imputar a este año, son las perdidas de las primeras.

Pero si no es así, y no se recompran ni las primeras ni las ultimas, habra que considerar la perdida de la venta en su conjunto, y sobre eso aplicar el porcentaje que supone 1350 de 6000