Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

Deducción alquiler comunidad valenciana. Cuantas personas tienen derecho?

2 respuestas
Deducción alquiler comunidad valenciana. Cuantas personas tienen derecho?
Deducción alquiler comunidad valenciana. Cuantas personas tienen derecho?
#1

Deducción alquiler comunidad valenciana. Cuantas personas tienen derecho?

Hola, buenas tardes.
Mi duda es que al ir a confeccionar la deducción de alquiler autonómica me pide personas con derecho a deducción, la renta la hacemos por separado mi mujer y yo, los dos estamos en el contrato. Es obligatorio poner 2 de derecho o se puede añadir solo 1 ya que al aplicar a 1 la deducción me la aplican si ponemos dos al tener el otro varias aplicadas ya no le devuelven más. Realmente la pago desde mi cuenta ya que ella está parada. 
#2

Re: Deducción alquiler comunidad valenciana. Cuantas personas tienen derecho?

Si la has pagado tú puedes poner 1 persona con derecho a deducción y te lo aplicarías tú. Lo que no puedes hacer es que ella se aplique la deducción y tú también de forma completa. 

#3

Re: Deducción alquiler comunidad valenciana. Cuantas personas tienen derecho?

Vale , el problema es que he llamado a la AEAT y me dicen que si ella tiene derecho al estar en el contrato debe de repartirse si o si la deducción , legalmente no me queda muy claro además que la chica que me atendía tenía que ir mirando en el manual y es lo que ella da por hecho porque no lo especifica en ningún sitio. Ahora este año en la web oficial pone en un apartado este aviso: Importante: a efectos de poder practicarse esta deducción se requiere que el contribuyente satisfaga en calidad de arrendatario cantidades en concepto de alquiler de su vivienda habitual durante el período impositivo. Por ello, en caso de matrimonio, cualquiera que sea su régimen económico, solo serán deducibles las cantidades que satisfaga el cónyuge firmante del contrato de arrendamiento sin perjuicio de que tal contrato tenga efectos internos entre los cónyuges. 


Visto así podría solo Seducirme yo la parte integra? Gracias