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Articulo 7p del IRPF

1 respuesta
Articulo 7p del IRPF
Articulo 7p del IRPF
#1

Articulo 7p del IRPF

Mi pregunta es sobre la aplicacion del Articulo 7p de LIRPF. Entre los requisitos para poder aplicar dicha exención, debe existir una relacion laboral con la empresa (no residente en España) para con quien se realicen los trabajos/servicios.

A la hora de tratar los viajes del personal del departamento comercial, es decir, en ese momento no existe una relacion laboral (contrato) con la empresa extranjera, es el objetivo de dichos viajes precisamente el conseguir dicho contrato.

Por tanto, mi consulta es qué tratamiento tienen los viajes del departamento comercial, pueden beneficiarse de la exencion del articulo 7p ? Y si hubiese un acuerdo de intenciones entre las empresas (previo a la firma del contrato)?

Muchas gracias de antemano por su respuesta

#2

Re: Articulo 7p del IRPF

Hola, el artículo 7 P) se refiere a los ingresos de un trabajador que recibe su nómina de una empresa extranjera o un establecimiento permanente fuera de España. Por lo tanto no sería aplicable en el caso que comentas en el que creo entender que son comerciales que cobran su nómina de la empresa española.

Saludos