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Tributación cobro costas judiciales

5 respuestas
Tributación cobro costas judiciales
Tributación cobro costas judiciales
#1

Tributación cobro costas judiciales

Hola,

He cobrado las costas de un juicio, se que tengo que tributar por las mismas como ganancia patrimonial, mi pregunta es, las facturas de honorarios del abogado y procurador llevan iva, tengo que incluir como ganancia el importe de la base imponible, o el total factura? Soy un autónomo, pero el juicio no tiene nada que ver con mi actividad.

El abogado me dijo que como él ya ya había pagado el iva correspondiente de esas facturas, yo las tenía que declarar en renta por la base imponible, pero me gustaría que me lo aclararan.

Gracias

#2

Re: Tributación cobro costas judiciales

lo que tienes que declarar como ganancia es la cantidad que haya concedido el juzgado en el decreto de tasación de costas, que normalmente son los honararios del abogado, derechos del procurador +impuestos que apliquen (IVA).

Lo digo porque a lo mejor el abogado ha cobrado justamente esa cantidad, o tenías otro tipo de acuerdo (que te cobrara además una cantidad de lo recuperado, por ejemplo).

#3

Re: Tributación cobro costas judiciales

No, el abogado ha cobrado los honorarios que me facturó, silo que me dijo que en renta yo declarase el importe de esos honorarios sin iva.

#4

Re: Tributación cobro costas judiciales

Dependerá de que el IVA incluido en las costas (y el que te cargó tu abogado, etc.)  lo incluyas o no en tus declaraciones trimestrales de IVA.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#5

Re: Tributación cobro costas judiciales

Las facturas nl tienen nadq que ver con mi actividad, por lo que no lo he incluido en las declaraciones trimestrqles

#6

Re: Tributación cobro costas judiciales

para salir de dudas, creo que tendrías que pedir al abogado el decreto definitivo de tasación de costas, como he dicho antes, ya que estrictamente tú eres el beneficiario de las costas y es lo que se puede considerar una ganancia patrimonial. La factura que te emita el abogado puede o no coincidir con lo anterior y no sirve ante Hacienda, ya que sería en todo caso para ti  un "gasto" no deducible, ya que -injustamente- Hacienda lo considera un gasto de consumo en casos como este.

Yo en un caso de un familiar así lo hice y el abogado no tuvo inconveniente en enviármelo, pues además sirve como prueba documental para cualquier justificación que te pida Hacienda.