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Casilla "Amortizaciones" dentro de la "Adquisición de vivienda"

3 respuestas
Casilla "Amortizaciones" dentro de la "Adquisición de vivienda"
Casilla "Amortizaciones" dentro de la "Adquisición de vivienda"
#1

Casilla "Amortizaciones" dentro de la "Adquisición de vivienda"

Buenos días,
Estoy con el RentaWeb para la declaración, y este año tengo la particularidad que tengo incluir la información de venta de mi piso en el 2018.

- En Valor de la transmisión, sin problema, pongo el importe de la transmisión y abajo los gastos de la transmisión.
- En Valor de la adquisición, pongo el importe de la adquisición, en la casilla de abajo los gastos de la adquisición, y sin problema, pero en la tercera casilla, Amortizaciones, no sé exactamente a qué se está refiriendo.

He leído la información que pone en AEAT al respecto, pero no entiendo bien.
 
Gracias por la ayuda, saludos.



 

#2

Re: Casilla "Amortizaciones" dentro de la "Adquisición de vivienda"

Esto leyendo el párrafo referente a las amortizaciones en la AEAT, y me fijo en lo que pongo en negrita:

 

AMORTIZACIONES (art. 40 Rgl.)

El valor de adquisición de los elementos patrimoniales transmitidos se minorará en el importe de las amortizaciones fiscalmente deducibles, computándose en todo caso la amortización mínima, con independencia de la efectiva consideración de ésta como gasto.

A estos efectos, se considerará como amortización mínima la resultante del período máximo de amortización o el porcentaje fijo que corresponda, según cada caso.

Únicamente podrá minorarse la amortización cuando se trate de la transmisión de elementos patrimoniales por los que haya podido computarse como gasto deducible, es decir, fundamentalmente en los siguientes supuestos:

  • Transmisión de bienes inmuebles que estén o hayan estado arrendados (y, en su caso, con los muebles entregados conjuntamente con ellos).

  • Transmisión de elementos patrimoniales que estén o hayan estado afectos a una actividad económica desarrollada por el contribuyente

  • Transmisión de bienes muebles, negocios o minas que estén o hayan estado arrendados.

No debe computarse amortización en el supuesto de bienes inmuebles no arrendados, u otros elementos patrimoniales distintos de los señalados anteriormente, en los que no haya sido deducible fiscalmente cantidad alguna en concepto de amortización.
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En mi caso, sí he ejercido actividad económica, como autónomo, en el inmueble que he transmitido. Compré el piso en el 2006, lo vendí en el 2018, y creo que han podido ser 5 o 6 años los que he trabajado como autónomo desde mi piso.

Gracias nuevamente

#3

Re: Casilla "Amortizaciones" dentro de la "Adquisición de vivienda"

Esto se refiere a los inmuebles que han estado alquilados y sobre los que se ha deducido de sus rentas el 3% del Valor Catastral de Edificación .

Al valor de venta también tienes que minorar el coste del Impuesto Municipal de la Plusvalía del suelo.

Saludos

#4

Re: Casilla "Amortizaciones" dentro de la "Adquisición de vivienda"

Gracias Lunático.

De acuerdo, mi piso nunca lo he tenido alquilado, por tanto entiendo que no me es de aplicación.

Por otro lado dices;

Al valor de venta también tienes que minorar el coste del Impuesto Municipal de la Plusvalía del suelo.

Supongo que aquí te estás refiriendo a la plusvalía municipal, pero en mi caso el Ayuntamiento no me ha aplicado ningún coste al respecto (desconozco si lo hará en un futuro), ni he recibido carta ni nada.
En su día, al vender el piso, fui al Ayuntamiento y preparé una instancia. En ella incluía copia del contrato de venta (del 2006) y copia de contrato de venta (del 2018), en el que podían constatar que la venta no me había generado un beneficio económico, es decir, no había habido un incremento patrimonial.

Saludos