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Nueva Campaña- Recomendar tranquilidad

3 respuestas
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#1

Nueva Campaña- Recomendar tranquilidad

Como todos los años que empieza la Campaña de la Renta, en este caso la del 2018, mi recomendación es no dejarse llevar por la euforia de la devolución y querer corre mucho.

En bastantes casos existen datos no remitidos a la AEAT y omisiones que pueden perjudicar al contribuyente , ante las dudas este foro es bastante oportuno para las aclaraciones, pero antes de dar conformidad a la RentaWEB.

Como dice el refrán "vísteme despacio que tengo prisa" y los refranes suelen ser acertados.

Saludos

#2

Re: Nueva Campaña- Recomendar tranquilidad

Hola Lunatico , parece que tienes bastante experiencia con todo esto.
Tienes idea si debo cumplimentar en la declaracion la renta exenta por paternidad ? Me aparece en los datos fiscales pero no en la declaracion.
RENTAS EXENTAS DEL IMPUESTO 1303,40
Gastos fiscalmente deducibles. 82,77

DEBO RELLENARLO EN ALGUN SITIO ? De ser asi en que casilla?
Gracias de antemano

#3

Re: Nueva Campaña- Recomendar tranquilidad

La renta cobrada como prestación por paternidad, se encuentra exenta de tributación, por tanto es correcto que no aparezca como rendimientos del trabajo en la RentaWEB, si corresponde incluir como gastos deducibles (Pagos SS.SS:) los 82,77 que te aparecen en tus Datos Fiscales.

Has cumplido con la norma principal de revisar primero los Datos Fiscales y una vez verificados, ver si es correcto el traslado de estos al programa RentaWEB (Declaración).

Saludos

#4

Re: Nueva Campaña- Recomendar tranquilidad

Quiero alertar a los compañeros foreros, que no se precipiten en la "Conformidad" de la Declaración porque les salga a devolver, que revisen primero bien los Datos Fiscales y comprueben que todas las deducción posibles a las que tienen derecho están recogidas en el programa de RentaWEB.

En especial a aquellos que tienen familiares con discapacidad, que son familia numerosa , que tienen hijos/as menores de TRES años y ciertas deducciones de carácter Autonómico, porque estas deducciones que son optativas del contribuyente no las incluyen por defecto el programa de RentaWEB y por tanto las debe incluir el contribuyente que es conocedor de esta situación.

También es importante que los matrimonios, cuando abran la RentaWEB con el nombre de cualquiera de los cónyuges, en la primera entrada , donde aparece el cónyuge y una casilla para darle autorización , lo cumplimenten con la Referencia Fiscal de dicho cónyuge, para que el Programa presente las TRES Modalidades de presentación : Las DOS Individuales y la Conjunta y así poder elegir la Modalidad que mas le interese fiscalmente

Saludos y atentos