Acceder

Exención por reinversión

8 respuestas
Exención por reinversión
Exención por reinversión
#1

Exención por reinversión

Buenas, tengo una duda a ver si alguien puede ayudarme:

En 2017 vendí una vivienda (no me la consideran habitual porque la adquirí en 2015) y adquirí otra vivienda en 2017 (mi vivienda habitual). Mi duda es: si los gastos de reforma (cocina, baños, calefacción,suelo, etc..) de mi actual vivienda se pueden considerar para reducir la ganancia entre mi primera compra y su venta.

Saludos.

#2

Re: Exención por reinversión

No. Solamente se podrían considerar si las obras se hubieran hecho en la que vendiste.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Exención por reinversión

En la propuesta de liquidacion en uno de los articulos me han puesto el esto:

“La ganancia patrimonial obtenida puede resultar exenta cuando se reinvierta en la compra o reforma de aquella que vaya a tener tal caracter”

Esto significa que si se podria?

#4

Re: Exención por reinversión

Si la vivienda vendida no ha sido la vivienda habitual durante algún momento de los dos años anteriores a la venta, no cabe exención por la compra de otra.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#5

Re: Exención por reinversión

Me habian dicho que eran tres años no? Me han alegado que no era vivienda habitual porque los gastos de luz eran bajos y en la escritura ponia "vivienda familar" (cosa que pondria el notario porque quiso).

#6

Re: Exención por reinversión

Para poder dar una respuesta con fundamento, es importante aclarar en primer lugar si la vivienda vendida ha sido en algún momento tu vivienda habitual. Si para Hacienda no lo ha sido, no cabe decir que lo ha sido, salvo que lo impugnes y lo ganes.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#7

Re: Exención por reinversión

Buenas, para ellos dicen que no porque no he vivido tres años. Me han comentado ya que la subrogacion y posterior venta fue propiciada por una ruptura sentimental (no matrimonio). Segun me ha hecho entender si yo presento un contrato privado que tengo firmado por ambos en el que se deja claro la ruptura, facturas de convite de novios (cancelado), luna de miel (cancelado) y demas documentos que puedan acreditar una ruptura, es posible que me pudiera acoger a exencion. ¿ Esto es posible/viable?

#8

Re: Exención por reinversión

¿Quieres decir que la vivienda fue tu residencia real durante un tiempo y que no llegaste a los tres años porque una ruptura sentimental lo impidió?

Si es así, es posible conseguirlo, aunque no creo que sea fácil por lo que te recomendaría acudir a un asesor fiscal que sea de confianza y tenga la dedicación suficiente a tu asunto.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#9

Re: Exención por reinversión

Exacto, era nuestro domicilio (padron,etc...) y lo estuvimos tiempo reformando y adecuando para trasladarnos definitivamente tras la boda (los gastos de suministros eran logicamente limitados debido a su limitado uso medio) Tras la ruptura yo adquirí su mitad y a los 5-6 meses vendí la vivienda sin en esos 5-6 meses residir en ella de forma diaria (todos los sumistros etc al corriente). Tengo documentos que pueden acreditar de sobra que habia una boda concretada y que no se celebró por ruptura. Desde la compra a la venta transcurrieron aproximadamente 2 años y medio.

Mi objetivo es poder acorgerme a la exencion por separacion si fuera posible.