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Cobrar royalties siendo trabajador por cuenta ajena

2 respuestas
Cobrar royalties siendo trabajador por cuenta ajena
Cobrar royalties siendo trabajador por cuenta ajena
#1

Cobrar royalties siendo trabajador por cuenta ajena

Hola

He buscado bastante información del tema y como la información es algo confusa en Internet, me he lanzado a hacer la pregunta a ver si alguien me puede ayudar.

Os cuento mi caso:

Soy trabajador por cuenta ajena, es decir, trabajo en una empresa donde cobro un salario mensual. Estos son mis ingresos habituales. Por otra parte, en mi tiempo libre diseño juegos de mesa que estoy firmando con editoriales, cedo la explotación a ellas, y de los que voy a comenzar a cobrar royalties en breves.

Me gustaría entender cuales son mis obligaciones fiscales para hacer todo bien. Evidentemente, son cantidades demasiado bajas para hacerme autónomo. Esto es un poco todo lo que necesitaría saber y os pongo mis suposiciones. A ver si hay algo que me deje en el tintero.

1) ¿Se pueden emitir facturas como particular no? Parece que simplemente tengo que poner un 15% de IRPF ¿verdad? O sea, si la editorial me quiere pagar 1000 euros, debería hacer una factura que dijera: Importe a cobrar 1000, IRPF 150, total 850. En tal caso, en mi cuenta se ingresarían 850 euros y la editorial debería de pagar el IRPF a hacienda. Esto es lo que me ha parecido entender tras mucha indagación sobre el tema. ¿Me puede alguien confirmar que es así?

2) ¿Existe algún modelo de factura recomendable para este tipo de cosas? No quiero dejarme nada importante.

3) ¿Qué ocurre si la editorial es extranjera? Supongamos que la editorial es Francesa, ellos no tendrán acceso a la hacienda española para el pago del IRPF. ¿Cómo debo proceder entonces?

4) ¿Tengo que hacer algo en la declaración de la renta del próximo año? Desconozco si hay algunas casillas especiales donde haya que indicar algo especifico para esto o si ya debería de salir todo correctamente en el borrador al entregar facturas a las editoriales.

5) ¿Existe algún limite de cuanto se puede cobrar por royalties?

Un saludo y gracias por las respuestas.

#2

Re: Cobrar royalties siendo trabajador por cuenta ajena

¿Se pueden emitir facturas como particular no?   NO, pasas a ejercer una actividad y te tienes que dar de alta en el I.A.E. como actividad profesional. Y efectivamente debes de hacer una factura tal y como dices y aplicar la retención del 15%.

¿Existe algún modelo de factura recomendable para este tipo de cosas?  No, cualquier modelo de factura es válido.

¿Qué ocurre si la editorial es extranjera?  Pues que no tendrías que emitir la factura con retención, es decir esta factura no llevaría el 15% de retención.

¿Tengo que hacer algo en la declaración de la renta del próximo año?   Debes de declarar los ingresos como actividad profesional y de dichos ingresos puedes deducir todos los gastos necesarios para el ejercicio de la actividad.

¿Existe algún limite de cuanto se puede cobrar por royalties?  No hay ningún límite, lo que si tienes que tener cuidado es con el autónomo, ya que si ejerces la actividad de forma habitual, la seguridad social te pondría exigir el alta en autónomos.

Un saludo.

#3

Re: Cobrar royalties siendo trabajador por cuenta ajena

Hola Rlerida!

Muchas gracias por la respuesta. Aunque hay algunas cosas que no entiendo, piensa que no tengo "background" económico o administrativo, de ahí que busque respuestas y necesite tenerlo un poco más claro.

¿Qué es el IAE? ¿Para que sirve? ¿Es algo que tiene algún coste? ¿Cómo me registro? Me gustaría entender más esta parte.

¿Qué quieres decir con deducirme gastos en la declaración de la renta? Son royalties, lo que quiere decir que no suponen ningún coste para mi, más allá de mi tiempo de dedicación. Piensa que es como si fuera escritor de novelas. No obstante, a lo que me refería es si en el borrador de la declaración debo meter los ingresos generados por royalties en una casilla específica o algo así, y cuál es.

Habitualmente la declaración de la renta usa un lenguaje poco amigable con el usuario, y esto hace que necesite saber en donde sería exactamente.

No entiendo lo de la editorial extranjera. Supongo que a lo que te refieres es que como no es una editorial que pague impuestos en España, deba cobrar yo el 100% y pagar luego el 15% de IRPF por mi parte mediante la declaración de la renta o de otra forma ¿Es así? Si es correcto, ¿Cómo se hace?

Mil gracias por el interés en ayudarme.

Alberto