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Plan de Pensiones - dudas

3 respuestas
Plan de Pensiones - dudas
Plan de Pensiones - dudas
#1

Plan de Pensiones - dudas

Hola, tengo 42 años y un plan de pensiones en BBVA en concreto el BBVA Proteccion 2025 PPI.
Lo que entiendo al respecto es lo siguiente:

- Es un dinero que no tributa hasta la hora de rescatarlo.

- El dinero se va revalorizando y generando una rentabilidad que se va sumando al mismo.

- El dia que me jubile tengo varias opciones para sacar el dinero:

   Rescatar el capital completo, en forma de renta mensual, mixto de las dos anteriores, reintegros sin una periodicidad regular, traspaso del plan de pensiones a una renta vitalicia.
   A excepcion de ultimo caso, todos tributarian por tramos de  IRPF que van del 19 al 45%, ya que se consideran como un rendimiento de trabajo, siendo la menos recomedable la primera que       en planes que superen los 60.000 euros llega hasta el 45% de impuesto.

   Aunque estan pensados para complementar la pension al jubilarse, hay circunstancias excepcionales que permitirian rescarlo antes: Invalidez permanente, fallecimiento,deseempleo de larga duracion, enfermedad grave, deshaucio de vivienda, y en ultima incorporacion pasados 10 años desde la primera aportacion (desde enero 2025).   Esta ultima no la entiendo muy bien.

Pero me surgen algunas dudas al respecto de los planes de pensiones:

Imaginemos que tengo que rescatarlo antes de jubilarme por uno de los casos expuestos anteriormente. ¿ Las formas de rescatarlo y tributacion seria exactamente el mismo ? ¿ Incluyendo la ultima circunstancia (pasados 10 años) ?
Tanto si es por el anterior supuesto o porque ya me he jubilado, imaginemos que fallezco y todavia queda capital ¿ que pasaria con este ? ¿ pasaria a mis herederos legales ? ¿ como tributaria en este caso ? ¿ recibirian el resto del capital de una vez, de la misma forma que la estaba yo recibiendo o podrian elegir la forma ?

¿ Se podria traspasar un plan de pensiones a otro tipo de producto como un fondo de inversion o una renta vitalicia ? ¿ tendria algun coste o habria que pagar algun tipo de fiscalidad ? ¿ seria buena idea ? lo digo porque hay mucha gente que me habla mal de los planes de pensiones, no se si por desconocimiento o porque es la cruda verdad.

Creo que no se me olvida nada. Gracias por adelanto y espero vuestras respuestas.

#2

Re: Plan de Pensiones - dudas

No se pueden traspasar a ningún otro producto financiero sin tributar como rendimientos del trabajo.

Son rentables, los que se han concertado con aportaciones anteriores al 31-12-2006, ya que los derechos consolidados de estas aportaciones en su rescate en forma de capital, tienen una reducción del 40%.

Los derechos consolidados con aportaciones de fechas posteriores, ya no gozan de esta reducción , por lo cual el rescate en forma de capital esta descartado por su tributación y se han de realizar con rentas anuales y en función de otros ingresos que el contribuyente tenga en el momento del rescate.

Este ultimo caso es mas bien un diferimiento del impuesto que otra cosa, y en algunos casos puede que con mas coste fiscal, con independencia de la rentabilidad que puedan dar financieramente.

 

Saludos

#3

Re: Plan de Pensiones - dudas

Hola gracias por contestar, es que habia leido por internet que un plan de pensiones se podia traspasar a una renta vitalicia sin coste alguno.
¿ Lo que no entiendo es que sin tan pocas ventajas tiene, porque estan disponibles ?

#4

Re: Plan de Pensiones - dudas

¿Será porque las ventajas son para la banca?

Me imagino que lo que has leído, es que puedes no tributar por ganancias patrimoniales si constituyes con el importe obtenido una renta vitalicia.

Artículo 38. Ganancias excluidas de gravamen en supuestos de reinversión.

(...)

3. Podrán excluirse de gravamen las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de la transmisión de elementos patrimoniales por contribuyentes mayores de 65 años, siempre que el importe total obtenido por la transmisión se destine en el plazo de seis meses a constituir una renta vitalicia asegurada a su favor, en las condiciones que reglamentariamente se determinen. La cantidad máxima total que a tal efecto podrá destinarse a constituir rentas vitalicias será de 240.000 euros.

Fuente: Ley IRPF

Un saludo.