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Duda al modificar el borrador por atrasos - Hacienda

13 respuestas
Duda al modificar el borrador por atrasos - Hacienda
Duda al modificar el borrador por atrasos - Hacienda
#1

Duda al modificar el borrador por atrasos - Hacienda

Buenos días.
Soy empleado público local y cuyo sueldo aumenta anualmente en función de la subida a los funcionarios que se haga a nivel estatal, por un acuerdo que tenemos.
Por problemas que hemos tenido con nuestro ayuntamiento, dicho aumento en vez de hacerse el año pasado, se ha realizado en marzo pagandonos los atrasos del 1% del 2017.
El certificado de retenciones y borrador de la renta, indica los rendimientos recibidos durante el 2017, pero según he podido leer, al recibir los atrasos antes del inicio de presentación de la renta, dichos rendimientos tendría que incluirlos en la declaración de la renta actual.
Me gustaría confirmar esto último y que podría pasar a los compañeros que no corrijan dicha partida en su declaración.
Muchos de nosotros no tenemos la obligación de hacerla, ni siquiera algunos pagamos irpf. Pero al pagarnos ahora, nos han aplicado un 15% de irpf, algo que tengo entendido que se aplica por normativa.
El caso es que si tengo que hacerlo ahora, y para poder conseguir ese irpf que me han descontado, entiendo que tendría que modificar las partidas de retribuciones dinerarias, la retención por rendimientos del trabajo(ese 15% en este caso) y la retención por la seguridad social habría también que modificarla?

Gracias!

#2

Re: Duda al modificar el borrador por atrasos - Hacienda

Hola. Si ya os han pagado los atrasos yo lo que haría es modificar el borrador y poner ya los datos correctos sumando las retribuciones dinerarias de los atrasos, también cambiando las retenciones por rendimientos del trabajo y los gastos deducibles (retención de la seguridad social). 

Lo mejor es meterlo ya en la declaración porque sino tendrías que hacer luego una declaración complementaria. Hacienda dice:

" La regularización de los atrasos se realizará mediante declaración complementaria. si procede, del ejercicio al que son imputables"

Si no se mete en la declaración del 2017 que se hace ahora tampoco pasaría nada, se puede hacer una complementaria después pero estando a tiempo y en plazo yo lo haría ya para evitar hacer después una complementaria. 

 

#3

Re: Duda al modificar el borrador por atrasos - Hacienda

Hola, yo tengo una situación muy parecida: He cobrado durante este 2018 atrasos correspondientes a los ejercicios 2014,15,16 y 2017.

Los del 2014 cobrados en enero de este 2018, como tuve que hacer declaración (no por los rendimientos del trabajo, que no llego al mínimo de los 22.000 de un único pagador que tengo) sino por una transmisión patrimonial familiar, será un gestor el que me presente esa autoliquidación complementaria.

Los del 2015 y 2016 cobrados en febrero de este 2018, al no haber presentado declaración ninguno de esos 2 ejercicios por no estar obligado a declarar al no llegar a los 22.000, me dijeron en Hacienda que no tengo que presentar complementaria alguna por atrasos.

Y el pasado mes de marzo de este 2018 cobré los atrasos del 2017.

Sumando esos atrasos al total bruto percibido por rendimientos del trabajo de mi empresa del pasado 2017 sigo sin llegar a los 22.000 minimos.

Aún así, ¿tengo que incorporar esos atrasos del 2017 al borrador que he recibido hoy?. Porque consultándolo es un "clon", es decir, es el mismo importe a devolverme por Hacienda que en el del 2016 ya que no varió para nada mi sueldo.

¿En qué casilla del borrador de Renta 2017 tengo que añadir el importe bruto de esos atrasos del año 2017 que he percibido el pasado mes de marzo de este 2018?

Muchas gracias.

#4

Re: Duda al modificar el borrador por atrasos - Hacienda

Indistintamente de que se haya pagado las cuotas de la seguridad social ahora en marzo verdad? que tenía dudas sobre las cuotas de la seguridad social también....

Muchas gracias

#5

Re: Duda al modificar el borrador por atrasos - Hacienda

Cuidado que el certificado del 2017 puede y debe incluir esos atrasos, que puesto que corresponden a ese ejercicio, no lo son a efectos del impuesto de la renta, a ver si los vais a poner dos veces.

Un saludo

#6

Re: Duda al modificar el borrador por atrasos - Hacienda

Buenas!
Entiendo que tendría que modificar la declaración en ambos años.
Y qué pasa si la empresa no modifica nada?
Modificó entonces la casilla de la seguridad social verdad?
Hay obligación de presentar este año la declaración o al año siguiente con una complementaria?lo digo por compañeros que puede que no hagan nada...
Gracias

#7

Re: Duda al modificar el borrador por atrasos - Hacienda

Si no se llega a los 22.000 euros y no hay obligación de hacer la declaración, no hace falta hacer complementaria ni nada. Yo también he recibido atrasos de 2016 y 2017 pero como no llego a los 22.000 no la he hecho. Aunque no se este obligado a hacerla hay que mirar el borrador, si da a devolver la hago y si da a pagar no la hago. Lo de que en que casilla se ponen los atrasos del 2017 hay que ponerlo en el apartado de rendimientos del trabajo, hay que sumarlo a las retribuciones dinerarias (casilla 002) y la seguridad social de atrasos sumarlo a la casilla 0012. Las retenciones de esos atrasos me parece que van en la casilla 0558 que es la de retenciones por rendimientos del trabajo. 

#8

Re: Duda al modificar el borrador por atrasos - Hacienda

Ok, es que estaba intentando ponerme en contacto con algún agente de la AEAT pero es complicado telefónicamente, sobre todo estos días.

Muy bien, es que mis retribuciones por rendimientos en mi trabajo (un único pagador) del 2017 han ascendido a 17.969 euros, y los atrasos cobrado el pasado mes de marzo de 2018 correspondientes al 2017 han sido de 972 euros brutos.

Sumado todo ello no llega lógicamente a los 22.000 euros en cuestión.

Si no tengo la obligación de hacer modificación alguna de mi borrador de la Renta-2017 porque sumados esos atrasos no llegan a los 22.000 mínimos, pues ya nada.

Mi pregunta versaba más que nada en si tengo la OBLIGACIÓN JURÍDICA de hacer constar igualmente en mi borrador esos atrasos cobrados. Es más que nada porque si no reflejo nada al final, ¿Hacienda sabe que esos ingresos que he tenido no los imputé por no llegar al mínimo, o los tendrá en cuenta en el ejercicio del 2018 y el año que viene, en el 2019, me vendrán reflejados en la autoliquidación del 2018?.

Gracias.

#9

Re: Duda al modificar el borrador por atrasos - Hacienda

Buenas, la seguridad social también habría que modificarla ya que aunque se ha pagado ahora en marzo corresponde al ejercicio 2017. En el certificado de empresa de retenciones del 2017 no vienen los atrasos porque se han cobrado este año (2018) y el certificado ya estaba hecho pero seguramente en el certificado de empresa del 2018 te vendrá especificado la parte que has recibido de atrasos del año 2017. Te vendrá por un lado los rendimientos correspondientes al ejercicio (2018) y más abajo te vienen los rendimientos satisfechos en el ejercicio correspondientes a ejercicios anteriores (atrasos 2017). Si modificas el borrador de este año y pones los atrasos acuerdate para no volverlos a poner en la declaración del año que viene, no vaya a ser que los declareís dos veces. De todas formas si no hay obligación de hacer la declaración no hace falta modificar borradores ni hacer complementarias, hay que hacerla sólo en el caso que de a devolver. 

#10

Re: Duda al modificar el borrador por atrasos - Hacienda

Hola. No hace falta hacer constar en el borrador los atrasos cobrados. No hay obligación ya que hacienda sabe que esos ingresos corresponden a atrasos y a que ejercicio corresponde. Es la empresa la que se encarga de comunicar a Hacienda las retribuciones recibidas de atrasos en el certificado de retenciones. En la página de Hacienda AEAT se pueden consultar los datos fiscales que tienen para hacer el borrador y allí al final de la hoja vendrán reflejados los atrasos. Si se han cobrado este año 2018 vendrán reflejados en los datos fiscales del año que viene así que si no tienes obligación de hacerla no tienes que hacer nada.

 

 

 

#11

Re: Duda al modificar el borrador por atrasos - Hacienda

Ok, gracias. Creo que te constesté casi a la vez.

 

Buenas Jr Junior , ¿ésta última respuesta es para dme1986 , cierto?

En mi caso, ¿sumados esos 17.969 euros brutos en retribuciones dinerarias recibidas de mi empresa durante el 2017 + los 972 euros cobrados en marzo de este 2018 correspondientes a atrasos del 2017, harían que NO tuviese obligación alguna de añadirlos al borrador?.

Porque la cuota que me sale al final es de -5,81 euros (a devolver) sin añadir esos atrasos, claro.

#12

Re: Duda al modificar el borrador por atrasos - Hacienda

En mi caso, la empresa ha certificado los ingresos del 2017 sin los atrasos, al recibirlos ahora y como bien dices, se incluirán dentro del certificado del 2018.
Pero indistintamente de lo que haga, yo puedo hacer esa modificación ahora y así no tener que andar haciendo complementaria y al año que viene disminuir las retribuciones y fuera.
Haciéndolo así, me devuelven el IRPF quitado de dichos atrasos y para el 2018,puede que eta posibilidad cambie, bien por aumentar de los 12000 y luego no poder deducirmelo o lo que sea.
Si está bien así, así haré.
Gracias

#13

Re: Duda al modificar el borrador por atrasos - Hacienda

Si, hazlo así y te evitas hacer una complementaria después. Es correcto hacerlo así.

#14

Re: Duda al modificar el borrador por atrasos - Hacienda

En mi caso Jr Junior, de los 17.969 euros cobrados durante el 2017, finalmente como me dijistes no tengo por qué inlcuír entonces los 972 en concepto de atrasos cobrados en marzo pertenecientes a ese mismo 2017 al no superar claramente los 22.000 necesarios (y tampoco la S.Social), ¿correcto verdad?

Me han dado el certificado de empresa del 2017 y las retenciones paracticadas en IRPF y SS junto con el bruto íntegro ganado coincide.

Lógicamente, los atrasos los tendré en el certificado del año que viene.