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Herencia, pasos

3 respuestas
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#1

Herencia, pasos

Buenas tardes

Voy a plantear un caso que supongo se dará en bastantes ocasiones y luego preguntaré

Fallece un padre viudo sin haber testado dejando tres hijos

Los hijos en fecha, renuncian a la herencia

La Administración se dirige por escrito a “Señores herederos de Don. Fulanito” dirigiendo el escrito normalmente a la dirección conocida del fallecido reclamando el correspondiente impuesto sobre sucesiones.

Los hijos contestan aportando las renuncias correspondientes

Ahora pasan a ser herederos los hermanos del fallecido pero éstos desconocen que los hijos han renunciado y no realizan ninguna gestión en los seis meses previos al fallecimiento.

 

¿Cómo actúa la administración, sigue reclamando el impuesto y si es así a quién se dirige?

 

Un saludo

#2

Re: Herencia, pasos

La Administración, si hay bienes por ejemplo en el catastro a nombre del fallecido, se dirige ahora a los hermanos. Investiga los datos de los mismos, y si no los encuentra por si misma, les requiere a los hijos los datos. Una vez localizados, les requiere la presentación y pago del impuesto, y en caso extremo, les liquida con lo que tenga. Si hay inmuebles de valor, lo mas fácil es que se les abra un procedimiento de inspección y se les liquide desde allí.

#3

Re: Herencia, pasos

Gracias por contestar

¿Y podrían ser sancionados los hermanos (ahora herederos) por no haber gestionado la herencia dentro de los seis meses que estipula la Ley del Impuesto?

Normalmente éstos no tienen porqué saber que los hijos renunciaron a la herencia

 

Un saludo

#4

Re: Herencia, pasos

En prinicipio podrían ser sancionados, pero con buen criterio a mi entender no suele hacerse, al menos aquí en CLM. Si que les pueden liquidar recargos e intereses de demora si proceden.