Compraventa Parcela
Hola a todos,
Encantado de saludaros y de recibir vuestro consejo y ayuda. Os explico de forma resumida el caso con el que estoy lidiando:
Mi cliente (lo llamaremos A) va a comprar todas las participaciones sociales de una SL a B. El único activo de la SL es una parcela sin nada construido. Que nosotros sepamos la parcela NO esta afecta a la actividad económica de la SL. A quiere comprar la parcela para construir una segunda residencia (es decir, no compra para construir y vender).
La pretensión de B es la de someter la operación a la exención prevista en el art. 314.2,a) RDL 4/2015 y en el art. 17.1, a) Reglamento TPO. Tampoco creo que podamos acogernos a la exención de segunda o ulterior transmisión de edificación porque estamos ante una parcela y el propio art. 20.1, apartado 22 Ley IVA hace referencia a que la transmisión debe tener lugar después de terminada la construcción/rehabilitación de la edificación.
Entiendo que, precisamente por esos artículos. la operación tributa por IVA al 21% + AJD. Creo que hay que destacar que, en mi opinión, el IVA no sería deducible en un futuro porque no construirán para vender sino para segunda residencia, como ya hemos comentado.
Os agradecería cualquier tipo de ayuda en el asunto :)
¡Un saludo!