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Plusvalia de una casa heredada

7 respuestas
Plusvalia de una casa heredada
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Plusvalia de una casa heredada
#1

Plusvalia de una casa heredada

Hola,buenas tardes.Expongo el tema.Mi suegro falleció en 2015 dejando a sus dos hijos la propiedad de una casa que había heredado a su vez de sus padres.Mi suegra quedó como disfrutaría de la vivienda.Nos pasaron tres recibos de plusvalía municipal, uno para mi mujer,otro para su hermano y el tercero y de un importe menor a mi suegra.Como no estaba de acuerdo con el valor catastral de la vivienda hice una serie de reclamaciones en la oficina del catastro.En el ayuntamiento me dieron una prórroga para realizar el pago mientras se resolvía el tema.En el trascurso de todo esto,al de un año y poco falleció mi suegra. Volvieron a mandarnos otros dos recibos de plusvalía,uno para mi mujer y otro para su hermano.Bueno,hace poco se resolvió a nuestro favor el recurso contra el catastro,bajando sustancialmente el valor catastral de la vivienda y por tanto de la plusvalía también. No entiendo muy bien que la vivienda siendo un bien privativo de mi suegro y habiéndolo heredado sus hijos,se tenga que pagar dos veces la plusvalía, aunque mi suegra estaría de disfrutaría. ¿Eso es así?Si alguien puede responderme y resolver esta duda se lo agradecería muchísimo

Por cierto, lo del cálculo del valor catastral es para verlo en directo Es una autentica pasada estar a merced de si el funcionario de turno tiene el día torcido o a copulado hace poco(con perdón)

#2

Re: Plusvalia de una casa heredada

Buenas tardes:

Tendrías que comprobar la fecha en que tu suegro heredó la casa. Pues si fue hace más de 20 años no hay plusvalía. 

Sentencias del Tribunal Constitucional STC 26/2017, 37/2017, 59/2017. Solamente se produce el hecho imponible si se tienen entre 1 y 20 años. Ni antes ni después.

En el segundo de los casos cuando falleció tu suegra si entran dentro de la LRHL de que se ha producido el hecho imponible, por un año según parece.

Saludos

 

#3

Re: Plusvalia de una casa heredada

Mi suegro recibió la donación de la casa el 18-05-1979.Pero no entiendo muy bien lo que me dices.La plusvalía no se supone que la pagan los herederos.O por el hecho de que a sido propiedad de mi suegro durante mas de 20 años no tenemos que pagar.Mi suegra nunca a sido propietaria, solo disfrutaría.Ya puedes disculpar esta falta de entendederas.Y gracias

#4

Re: Plusvalia de una casa heredada

Buenas tardes;

Exacto.

Puesto que tu suegro la heredó y la tuvo más de 20 años no esta dentro del período de 1 y 20 años en el que el legislador finge que hay plusvalía. 

STC 59/2017.

Te pongo el párrafo del Fundamento 3 de Tribunal Constitucional de la STC 59/2017. 

"Enjuiciando aquella regulación foral consideramos que «los preceptos cuestionados fingen, sin admitir prueba en contrario, que por el solo hecho de haber sido titular de un terreno de naturaleza urbana durante un determinado período temporal ( entre uno y veinte años), se revela, en todo caso, un incremento de valor y, por tanto, una capacidad económica susceptible de imposición, impidiendo al ciudadano cumplir con su obligación de contribuir, no de cualquier manera, sino exclusivamente ‘de acuerdo con su capacidad económica’ (art. 31.1 CE)». De esta manera, al establecer el legislador la ficción de que ha tenido lugar un incremento de valor susceptible de gravamen al momento de toda transmisión de un terreno por el solo hecho de haberlo mantenido el titular en su patrimonio durante un intervalo temporal dado, soslayando aquellos supuestos en los que no se haya producido ese incremento, «lejos de someter a tributación una capacidad económica susceptible de gravamen, les estaría haciendo tributar por una riqueza inexistente, en abierta contradicción con el principio de capacidad económica del citado artículo 31.1 CE» (SSTC 26/2017, FJ 3; y 37/2017, FJ 3)......"

Si lo tienes menos o más no hay ficción. No hay hecho imponible.

El Tribunal Constitucional no dice otra cosa que lo que está puesto en la LRHL. La tabla termina del 107-4 termina en el año 20.

La base imponible como el hecho imponible son inseguros.

La base imponible solamente tiene el dominio temporal de 20 años. Después no se sabe el incremento de ficción. No está puesto por el legislador, que es el único que lo puede indicar.

Esta párrafo es del Ponente Sr. Fajardo Spínola en el Congreso de los Diputados durante la elaboración de la LRHL en 1988. 

La página es la 12743 Congreso Diputados, diario de sesiones 8 de noviembre 1988, núm 362.

Puede haber un decremento desde el punto de vista teórico. Es decir, la ficción puede terminar. Termina a los 20 años. 

Encantado de que me preguntes.

Si tu suegra no heredó, entonces no hay hecho imponible cuando fallece. 

Saludos.

 

#5

Re: Plusvalia de una casa heredada

Bueno,pues gracias por el artículo. Ahora cuando me presente en el ayuntamiento con la escritura en la mano y lo que me acabas de exponer ,y además de reclamar el IBI cobrado de mas en los últimos años (ya se que solo alcanzan a los últimos cuatro) me van a poner un careto interesante.Se de antemano que me van a dar largas,pero ya puestos a preguntar y viendo que usted este puesto en el tema,igual me da una idea de como reclamar en caso de que en el ayuntamiento se nieguena quitarnos esos cobros indebidos.Gracias por todo

#6

Re: Plusvalia de una casa heredada

Por cierto,el último párrafo en el que dice que si mi suegra no heredo no hay hecho imponible cuando fallece,que quiere decir en lenguaje llano.¿Que cuando ella fallece no tendría que haber plusvalía ya que ella no es propietaria?

#7

Re: Plusvalia de una casa heredada

Buenas tardes:

Pongo el texto tuyo del penúltino correo:

"Mi suegra nunca ha sido propietaria, solo disfrutaría"

Además, aunque se hubiera constituido usufructo no procedería en el caso de fallecimiento de tu suegro, puesto que hace más de 20 años que lo tuvo. En ese momento no se produce el hecho imponible para ninguno.

Enlace de la página donde indican cómo se distribuye el pago en el momento de constitución de usufructo.

http://basededatos.indicator.es/impuestos_locales/plusvalia_municipal_y_herencia_con_usufructo/ESACIMAR_EU15080401/related

- Según la edad del usufructuario. En ambos casos coinciden los porcentajes que se asignan al usufructuario y a los nudos propietarios:

  • El usufructo se valora en un porcentaje igual a la diferencia entre 89 y la edad del usufructuario en la fecha del fallecimiento.  Apunte. Dicho porcentaje no puede ser superior al 70% ni inferior al 10%.
  • Los hijos deben tributar por el resto del valor del inmueble.

Si no heredó propiedad tu suegra al fallecer su marido, ahora no hay hecho imponible porque no transfiere propiedad.

Ahora bien, si tu suegra heredó parte de la casa en propiedad se tiene 1 año de plusvalía para esa parte que ha tenido en propiedad.

Sobre cómo proceder en el caso de que no te hagan caso por la plusvalía, pues simplemente les pones en antecedentes que desobedecer al Tribunal Constitucional puede que éste les sancione directamente y que además puedan perder el empleo por 10 años (art. 404 del Código Penal).

Saludos.

 

#8

Re: Plusvalia de una casa heredada

Bien,pues aclarado queda.Como bien dices,al haber transcurrido mas de 20 años no procedería igualmente.Y lo que comentas al final,no heredo ninguna parte de la casa..

Muchas gracias y buen fin de semana