Actividades económicas, otros gastos fiscalmente deducibles
Hola,
A qué se refiere, en la casilla 114, otros gastos fiscalmente deducibles ??
La referencia legal es el art. 30.2.5ª.
La ayuda nos dice que debe existir adecuada correlación con los ingresos de la actividad, y podrán deducirse las Primas de seguro de enfermedad, en su propia cobertura, cónyuge e hijos, etc etc
Por un lado, pienso que puedo poner ahí mi cuota de Sanitas, (o Asisa, o IMQ, o Adeslas), pero ¿Cónyuge e hijos? ¿que relación tienen con los ingresos de la actividad? ¿o es otra cosa?
Gracias.