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Obligación del modelo 347

1 respuesta
Obligación del modelo 347
Obligación del modelo 347
#1

Obligación del modelo 347

Buenos días, situación:

Un Bar en regimen simplificado, con una maquina expendedora de tabaco; la carga y recarga el estanco.

Se le ha dado de lata en epigarfe 646.5.

El estanco presenta una factura con el desglose y el precio del tabaco que incorpora a la maquina. Más un epigrafe con el dinero que abona el estanco al bar

Mi pregunta es doble:

 1.- Tendria que hacer una factura de ingersos es d4ecir loa gastos que me ha incluido + el recargo

 2.- Tendria que incluilo en la declaración del 347

Muchas gracias

#2

Re: Obligación del modelo 347

Entiendo que el estanco te factura por las cargas de tabaco en la maquina, esto es una compra para ti y una venta para el estanco, te presentara una factura por dichas cargas.

Ademas entiendo que el estanco te paga una especie de comision por las ventas, que puede incluirlas como menor coste de la factura, que para ti es un ingreso (comisiones) y para el estanco es un gasto.

El 347 se ha de presentar cuando se tienen de un mismo proveedor facturaciones anuales por valor superior a los 3.005,06 euros-año ( IVA Incluido) , asi como clientes en la misma situacion.

Saludos