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Declaración en IRPF de preferentes cuyo contrato ha sido declarado nulo

7 respuestas
Declaración en IRPF de preferentes cuyo contrato ha sido declarado nulo
Declaración en IRPF de preferentes cuyo contrato ha sido declarado nulo
#1

Declaración en IRPF de preferentes cuyo contrato ha sido declarado nulo

Buenas noches,

El motivo de mi consulta trata sobre la tributación de las participaciones preferentes en un caso que, últimamente, es muy común.

Se trata de contratos de preferentes que han sido declarados nulos según sentencia judicial y que, debido a dicha sentencia, se obliga a las partes a restituirse las contraprestaciones recibidas.

De una manera más clara:

Contribuyente que adquiere participaciones preferentes por importe de 50.000,00 euros.
Durante los primeros años va recibiendo los cupones correspondientes que se incluyen en las declaraciones de IRPF como rendimientos de capital mobiliario.

En el año 2013, el FROB aprueba el canje de dichas preferentes aplicando una quita del 30% al importe invertido en este producto, por lo que el contribuyente incluye en su declaración (casilla 25) unos rendimientos de capital mobiliario negativos por 15.000,00 euros que se compensan con otros rendimientos de capital mobiliario positivo obtenidos en dicho año.

A finales del año 2014, se ha obtenido sentencia favorable que condena a la entidad bancaria a devolver el importe inicial invertido en preferentes más los intereses correspondientes desde la fecha de contratación hasta la fecha de la sentencia, y a dicho importe se le restan los importes cobrados por los cupones por parte del contribuyente.
El importe cobrado en 2015 por dicha sentencia es de 52.300,00 euros.

Mis dudas son las siguientes:

1) Al declarase nulo el contrato, ¿se debe hacer complementaria del año 2013 eliminando los rendimientos de capital mobiliario negativos incluidos originados en el canje? ¿Cómo se debe presentar dicha complementaria para que no conlleve sanción ni recargo?
2) ¿Cuándo y cómo se deben declarar los importes que exceden la inversión inicial de las preferentes (2.300 euros)? ¿En el año de la sentencia (2014) o en el año en que se cobran dichos importes (2015)? ¿Se incluirán como rendimientos de capital mobiliario o como ganancias patrimoniales?
3) Recientemente se ha publicado en la página de la AEAT que, en estos casos, se puede solicitar la rectificación de las declaraciones de ejercicios anteriores con solicitud, en su caso, de la devolución de ingresos indebidos presentando un formulario, ¿alguien sabe de qué formulario se trata?

Muchas gracias por vuestra colaboración y aportaciones.

#2

Re: Declaración en IRPF de preferentes cuyo contrato ha sido declarado nulo

http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio_es_ES/La_Agencia_Tributaria/Campanas/_Campanas_/Renta_2014/_TRAMITES_DESTACADOS/Preferentes/Preferentes.shtml

En este enlace dispones de los formularios y las normas.

Se deben presentar complementaria del 2013 , anulando el negativo de esta perdida y supongo que las acciones canjeadas las has devuelto , porque si han sido vendidas , esta perdida declarada tambien se debe anular.

Para los ejercicios en los que cobraste cupones y los declaraste como rendimientos del capital y que estaran descontados de la liquidacion del 2014, hay que presentar Solicitudes de Devolucion Ingresos Individos , al quitarse el Bruto descontado de cada ejercicio, como rendimientos del capital.

Saludos

#3

Re: Declaración en IRPF de preferentes cuyo contrato ha sido declarado nulo

Buenos días,

Muchas gracias por tu aportación Lunatico.

Las acciones no se han vendido, lo único que se ha declarado en el año 2013 es la pérdida sufrida por el canje. Entiendo que habrá que hacer la complementaria de dicho año anulando los rendimientos negativos e ingresando la cuota que corresponda y, a su vez, presentar el modelo G2296 indicando que el ejercicio afectado es el 2013 para evitar sanciones, recargos e intereses por parte de la Administración.

Con respecto al cobro de cupones, ¿se deben suprimir el importe de los rendimientos brutos solamente o también las retenciones que han sufrido dichos intereses?
Dicha rectificación, ¿debo hacerla yo o se puede solicitar por escrito a la Administración su cálculo adjunto el importe de intereses cobrados cada año?

Muchas gracias.

#4

Re: Declaración en IRPF de preferentes cuyo contrato ha sido declarado nulo

Respecto a la Complementaria del 2013, parece lo correcto.

Entiendo que las acciones las has devuelto a la Entidad Financiera, con la Liquidacion.

Sobre las rectificaciones de los ejercicios en los que declaraste cupones de estas preferentes, si en la liquidacion lo que te restan son el Bruto de los cupones, no tienes que tocar para nada las retenciones, ya que estas son ingresos realizados por tu cuenta en la Hacienda, ya que tu recibias el NETO ( Bruto menos Retenciones).

Si lo que te han deduccido en la liquidacion es el NETO , le corresponde a la Entidad Financiera recuperar las retenciones y en tus rectificaciones si se quitan ambos conceptos el Bruto como rendimiento y la Retencion como pago.

En el ejercicio de la Liquidacion , tienes que declarar los intereses pagados en lugar de los rendimientos de los cupones.

Si puedes solicitar que la liquidacion de los ejercicios anteriores, te los realice la Hacienda, pero debes tener tu realizado el calculo, como medio de comprobacion de lo correcto de estas rectificaciones.

Saludos

#5

Re: Declaración en IRPF de preferentes cuyo contrato ha sido declarado nulo

Buenas tardes:
Con el paso del tiempo y las ideas un poco mas, no mucho, claras, tras diversas consultas a diversas fuentes incluida hacienda voy a relatar mi situación actual, con la esperanza de hacer la declaración de la renta del ejercicio 2.015 lo mas legal posible para evitar mas disgustos que ya tengo cubierto el cupo sobradamente.
Tras la sentencia, se procede de la siguiente forma (ilustrada con valores redondeados para un mejor entendimiento);
1º Supongamos que la inversión en preferentes fue de 100.000 €.-
2º Se pone el asunto en manos de unos abogados con honorarios en nota de encargo del 7% del capital que se recupere, haciendo y depósito para costas de 2000 € mas 420 de 21% de IVA (2.430 €).
3º Sentencia de devolución de capital más intereses légale menos cupones pagado y costas judiciales.
4º En el juzgado, en concepto de principal mas intereses son depositados 101.000 € (100.000 de principal mas 22.000 de interés legal menos 21.000 de intereses abonados).
5º Siguiendo las indicaciones de Hacienda se solicita la revisión de las declaraciones de los ejercicios 2009, 2010, 2011 y 2012, que tras la revisión son devueltos los 4400 € (21 % IRPF de 21.000 €) abonados en esos ejercicios.
6º Al propio tiempo son presentadas declaraciones complementarias de los ejercicios 1013 y 2014 anulando las pérdida patrimonial sufrida por la reconversión, con un resultado a ingresar de 500 y 600 € por ejercicio.
7º Con estos antecedentes, el Procurador del caso ingresa en cuenta 91.530 € como principal una vez descontados 8.479 € (7.000 del 7% del principal mas 1.470 € del 21% de IVA) por los honorarios del abogados.
8º Como la entidad está condenada a costas, una vez aceptada la cantidad depositada, como principal e intereses legales devuelve 2.420 € (2.000 más 420 de IVA) anticipados para costas, a la vez que los 1.000 € de diferencia de intereses.
Ahora las dudas que me trae de cabeza en la declaración del IRPF de este año;
1º ¿la factura del abogado los 8.479 € son considerados pérdida patrimonial como gastos necesarios para la recuperación del principal?.
2º ¿los intereses legales 22.000 € como, donde y de qué forma se declaran para que sean tratados como generados durante los 6 años a que corresponden?.

3º En 2015 fueron vendidas (por 2.000 €), unas acciones adquiridas en 2.007 (por 15.000 €), ¿esta pérdida patrimonial de 13.000 € puede ser restada de los intereses legales devengados?.
En todo caso donde, en que casillas y de qué forma se declararían todos y cada uno de estas ganancias, perdidas y gastos surgidos, para de una vez por todas acabar con esta pesadilla que nos ha llevado a tantos pardillos, con el desamparo y/o complicidad de nuestro gobierno, a la desesperación personal y ruina económica.
Atentamente.

#6

Re: Declaración en IRPF de preferentes cuyo contrato ha sido declarado nulo

Buentas Tardes  estovapeor ,

Se sabe algo de como lo realizo usted el ano pasado? Cuales has sido las respuestas a sus preguntas. Muchisimas gracias de antemano.

 

Un saludo.

#7

Re: Declaración en IRPF de preferentes cuyo contrato ha sido declarado nulo

 

Buenas noches, jlopezhe:

Ante todo he de decirte que las respuestas, por parte de la comunidad de Rankia no existieron, quizá, supongo, por lo enrevesado del tema, pero contestare a tu pregunta lo mejor que sepa y pueda;

 1º Los teóricos 8.479 € de importe (7 % + IVA de lo recuperado), de la minuta del abogado, tras consulta con hacienda, no podían ser considerados pérdidas patrimoniales por tanto fue un gasto que no se consideró, a efectos IRPF, en este asunto y por tanto perdidas que tiene que asumir el contribuyente sin más (espero que los declarase al abogado como ingresos, y que de no hacerlo sea su problema).

 

2º Consultado, también con hacienda, los 22.000 € abonados como intereses legales, aunque estos fueron pagados en el ejercicio siguiente, como correspondían a ejercicios anteriores, después de hacer la declaración de ese año conforme a la situación del 31 de enero, en la que salió a devolver una cantidad, y al amparo de una disposición publicada a finales de mayo de ese año, se presento una complementaria fuera del plazo de presentación del IRPF junto con un formulario (no recuerdo ahora canal) que permitía hacerlo durante los tres meses siguientes a la entrada en vigor de la disposición.

Todo el importe íntegro paso a engrosar en la declaración el capítulo de ganancias del ahorro lo que ocasiono, dada su cuantía, que el importe a devolver, y aun mas por la obligación de hacerlas individuales, el importe a pagar que aun descontado el de devolver de la normal salió, como supondrá un pico de los de no te menees.

 

Al poco tiempo, para eso muy rápidos ellos, carta certificada pidiendo intereses de la diferencia, recurso y petición anulada por haberse hecho conforme a esa disposición, aunque consultada hacienda no tenían claro si el caso concreto entraba en ella, pero vamos era de cajón, puesto si bien la disposición se refería a unos asuntos muy diferentes relacionados con las artes escenicas, con calzador estaba metido el tema para la regulación del entuerto de las preferentes.

3º Las pérdidas sufridas por las acciones, si se podían deducir, pero en este caso con un máximo del 10 % creo recordar, durante cuatro años, lo que hace muy difícil, por no decir imposible, hacerlo en su totalidad, cosas del la Ley del IRPF.

En definitiva muchas sumas y pocas restas, palo por todos los lados y encima agradecidos.

Como comprenderá esto, que para eso se toman su tiempo, están en estudio, o como se quiera decir todas las declaraciones del proceso pues aun pueden dar algún sustillo mas, como lo de los gastos ganados en sentencia de los que aparte de lo pagado como adelanto para tasas y procurador, no he vuelto a saber nada de nada porque al parecer es integro para el abogado, sin que el cliente tenga a derecho a saber, en mi caso, ni cuanto se ha reclamado como honorarios ni si esto ha sido o no abonado, espero que, contrario algunas informaciones, Hacienda lo tenga en cuenta y reclame lo que sea a quien se lo ha embolsado (ya, ya se que es pedir peras al olmo), porque yo por mi parte ya le he pagado, sus honorarios y esos nadie me los reconoce como perdidas a efectos del IRPF (7 % del principal mas IVA).

Toda una aventura para un jubilado que lo único que desea es vivir lo más tranquilo posible con hacienda, mis semejantes y Dios, por este orden, aunque lo ideal fuese exactamente lo mismo pero en orden invertido.

Espero lo entienda, porque yo he de reconocer, he tenido que hacer un esfuerzo de memoria (de lo que solo deseo olvidar), para poder responder lo más fiel a lo sucedido desde entonces.

 

#8

Re: Declaración en IRPF de preferentes cuyo contrato ha sido declarado nulo

Quiero contar  mi experiencia en este tema una vez que con una sentencia en la que se anulaba el contrato de preferentes del 2009 con Cajamadrid, procedí a realizar complementarias de las declaraciones de la Renta de los años anteriores:

- Dos de ellas requerian declaración complementeria con una devolución mínima de dinero, Después de llegar al último recurso, demostrando con la Sentencia, los justificantes de las transferencias, etc, la nulidad. me han denegado la devolución por no justificar un incremento de patrimonio que tenía en la Declaración del 2016. Curiosamente ese incremento de Patrimonio corresponde a las costas pagadas a mi abogado y que como una burla más de las instituciones me he visto obligada a declarar como Incremento de Patrimonio.

Solo queda la reclamación al Tribunal Económico Administrativo que no pienso hacer para una cantidad ínfima que quería recuperar

- La que resultaba a pagar, la cobraron de mi cuenta en el día correspondiente y no requiere ninguna justificación, obviamente. curiosamente el importe a pagar era mayor que la suma de las dos cantidades a devolver de ejercicios anteriores

Una estafa más, esta vez ejercidica por la Agencia Tributaria. Por mi parte intentaré ahorrarme el IVA en todo lo que pueda que ya esta bien la broma