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Trabajo Marginal - Duda Alta Autónomos

4 respuestas
Trabajo Marginal - Duda Alta Autónomos
Trabajo Marginal - Duda Alta Autónomos
#1

Trabajo Marginal - Duda Alta Autónomos

Hola a todos!

Quería preguntaros una pequeña cosa: En IlustrandoDudas he visto lo siguiente en este PDF:

http://www.ilustrandodudas.com/files...ia-gestion.pdf

Donde dice, "Trabajo Marginal" menciona que solo te tienes que dar de alta en Hacienda y no a la SS. Y ahí está mi duda.

- Recibo ingresos de menos del SMI al mes.
- El alquiler, luz, agua y gas están a mi nombre. Estos gastos no superan mis ingresos.
- Comida y otros gastos (Como la SS) los pago con dinero que tengo ahorrado (Y ayudas que me dan mis familiares-amigos).
- No hago declaraciones de IVA. Solo de IRPF. El 95% de mis clientes son extranjeros, por lo que hago el Modelo 130 trimestral.

Quería preguntaros un par de cosas:

1. Ahora mismo en mi situación, darme de baja a la SS y seguir pagando IRPF como hago siempre, ¿Me daría problemas?. Mi trabajo es "habitual" porque no hago ninguna otra cosa, pero no se si se podrá tratar como habitual porque no recibo ni el SMI...

2. ¿Tendría que darme de baja de ambas cosas y volver a darme de alta en Hacienda especificando alguna otra opción?

La verdad es que me ayudaría no pagar la SS porque ahora me va a subir a 190€ (De 130€) al mes y es un sablazo para mi. No estoy interesada en cotizar ni tener seguro medico, prefiero tener más ingresos antes que eso.

Gracias por vuestra ayuda y feliz año nuevo.

#2

Re: Trabajo Marginal - Duda Alta Autónomos

Lo mejor que puedes hacer es preguntar por ello en la SS, ellos dirán a partir de que baremo es trabajo marginal y no es preciso darse de alta en la SS, aunque seguramente tenga reticencias a decírtelo (si es que hay algún baremo concreto).

#4

Re: Trabajo Marginal - Duda Alta Autónomos

Gracias por las respuestas, y gracias por el enlace Andreu Jordi. Sin embargo estoy hablando de estar dada de alta en Hacienda, pero no en la seguridad social. No se si valdrá este concepto:

"Según EL Tribunal Supremo en (STSS de 29 de octubre de 1997, 17 de Junio de 2002 y 23 de septiembre de 2002), ha considerado como indicador de habitualidad el hecho de superar el umbral del SMI en el año natural."

Si eso es correcto, no se si tendría un problema con estar dada de alta en Hacienda y no en la SS.

#5

Re: Trabajo Marginal - Duda Alta Autónomos

En base a eso yo entiendo que no habría problema.