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Re: Donacion de intervivos
Tenéis que hacerlo en escritura pública y autoliquidar en un mes el impuesto de donaciones, modelo 651. si el dinero es ganancial, son dos donaciones cada una de la mitad.
Ver art. 17 Ley 8/2013. DOCM 232 de 29/11/13 para requisitos, acércate a tus SSPP de Hacienda u oficina liquidadora a ver o descárgate el programa de ayuda.
http://pagina.jccm.es/tributos/autoliquidacion.html