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Vivienda habitual de desplazado al extranjero

5 respuestas
Vivienda habitual de desplazado al extranjero
Vivienda habitual de desplazado al extranjero
#1

Vivienda habitual de desplazado al extranjero

Buenos días, vengo con una duda que no he encontrado por el foro. Si existía, pido disculpas, porque he visto casos parecidos, pero no exactamente éste:

Es el caso de un trabajador que ha sido desplazado al extranjero durante el 2013, y en 2011 se había comprado una vivienda habitual en España, por la que se desgravaba la hipoteca.
Esta campaña año se aplicará la exención del artículo 7p de los rendimientos del trabajo por los días que ha estado en el extranjero, pues cumple todas las condiciones, y será una cantidad alta, pues el total de los días que ha estado en España es de un mes, más o menos.

Pero ahora me asaltan dos dudas:
Por reciprocidad, ¿no se podrá deducir la hipoteca de su vivienda habitual?
¿Hay alguna manera de presentar la declaración junto con los justificantes de su estancia en el extranjero, o alguna casilla donde aplicar la exención? Esto es más que nada para evitar la futura paralela, pues a Hacienda no le cuadrará los datos fiscales de que dispone con la cantidad declarada como rendimiento del trabajo. Y si le hacen paralela y le envían a casa, lo más seguro es que le pille en el extranjero, pues este año continúa trabajando fuera, viniendo esporádicamente.

Gracias a todos, sobre todo a los que pacientemente nos vais ayudando a aprender poco a poco.

Saludos.

 

#2

Re: Vivienda habitual de desplazado al extranjero

Buenas tardes,

Durante el año 2013, no has residido en la que hasta entonces era tu vivienda habitual y que deja de serlo en el momento en el que resides 183 días en otro lugar. Por tanto, no puedes aplicarte la deducción por inversión en vivienda habitual por las cantidades que hayas pagado durante el ejercicio 2013, en relación con la vivienda.
 
Cuando vuelvas a vivir en dicha vivienda, ésta recuperará la condición de habitual y podrás volver a aplicar la deducción, ya que nuevamente se cumplirán los requisitos necesarios:
  • Haber adquirido la vivienda con anterioridad al 1 de enero de 2013.
  • Haber practicado la deducción en el ejercicio 2012 o anteriores.

Un saludo.

#3

Re: Vivienda habitual de desplazado al extranjero

Entendido. Muchas gracias Miguel por tu respuesta. Queda aclarada la primera duda.
¿Y sobre la segunda sabéis si se puede hacer de alguna manera? ¿O sólo se pueden aportar justificantes cuando te requieran?
Muchas gracias de nuevo.

Saludos.

#4

Re: Vivienda habitual de desplazado al extranjero

Los puedes aportar cuando presentes la declaración junto con los papeles de esta.

#5

Re: Vivienda habitual de desplazado al extranjero

OK, gracias por las aclaraciones.

Saludos.

#6

Re: Vivienda habitual de desplazado al extranjero

Hola Miguel,

tu respuesta es bastante clara, así que perdona el insistir. Me surge la duda de ahora que ya no existe desgravación por vivienda habitual, si una vez perdida se puede recuperar.

saludos

Richard