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Grandes dudas en la desgravación de ascendientes

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Grandes dudas en la desgravación de ascendientes
Grandes dudas en la desgravación de ascendientes
#1

Grandes dudas en la desgravación de ascendientes

Buenas tardes, tengo dudas sobre la aplicación del mínimo por ascendientes y por más que me leo la Ley de IRPF no saco nada en claro. Les expongo los hechos:
Los últimos años que he realizado la declaración he venido desgravándome a mis padres (mi padre recibe pensión por discapacidad absoluta y mi madre tiene discapacidad con movilidad reducida sin pensión) y en la pestaña “convivencia” dentro de la declaración no he venido poniendo a nadie más aunque vivía con otros dos hermanos estudiantes sin ingresos que no presentaban declaración ¿Esto sería correcto?
Ahora desde Septiembre de 2013 me he ido a vivir a mi vivienda habitual y uno de mis hermanos ha empezado a trabajar en le año 2013 y está obligado a presentar la declaración.
La duda me surge ahora y es que esta iba a ser la última declaración en la que me iba a desgravar a mis padres ya que en más de la mitad del año 2013 estuve viviendo con ellos y mis otros dos hermanos. Necesito confirmar si hasta ahora he venido haciendo bien la declaración no poniendo a nadie en convivencia porque mi hermano quiere incluirse este año para desgravar a mis padres también y entiendo que en la casilla convivencia de este año ambos deberíamos marcar la opción “2” o la opción “3” si debemos incluir a mi hermana aún estudiante. ¿Qué sería lo correcto?
Gracias de antemano por vuestra ayuda y un saludo.

#2

Re: Grandes dudas en la desgravación de ascendientes

Los ascendientes han de convivir con el contribuyente al menos durante la mitad del periodo impositivo.

Si son varios los contribuyentes que conviven con los mismos ascendientes se prorrateara entre ellos la deducción , naturalmente los contribuyentes tendrán rentas superiores a los 8.000 euros.

Los hermanos no son ni descendientes ni ascendientes , no entran en las deducciones.

Los ascendientes han de no tener rentas superiores a los 8.000 euros-año (excluidas las exentas) y no presentar declaración.

Si sois dos contribuyentes los que tenéis descendientes comunes con las condiciones de convivencia, la Clave será "2" , los hermanos no cuentan si no tienen rentas.

Así todo deberéis comprobar que a ambos hermanos que podéis incluirlos a partes iguales en la declaración , si tiene efecto fiscal esta inclusión , porque sino es mejor que lo declara solo al que le produzca efecto fiscal.

Saludos