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Herencia y pareja de hecho (o cónyuge)

11 respuestas
Herencia y pareja de hecho (o cónyuge)
Herencia y pareja de hecho (o cónyuge)
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#9

Re: Herencia y pareja de hecho (o cónyuge)

La pareja de hecho no tiene derechos sucesorios en este caso.

Puede tener derecho a una compensación, acudiendo al principio general del Derecho sobre el resarcimiento.

De conformidad al sistema de fuentes del ordenamiento jurídico español (Artículo 1.1 del Código Civil).

En cuanto a entender el "porqué" eso ya es otra materia. Propia de los profesionales del derecho.

#10

Re: Herencia y pareja de hecho (o cónyuge)

Como dices, lo más fácil es designar a la pareja como heredera (sin perjudicar la legítima) o como legataria de un bien concreto. Si se tiene que meter en un juicio y alegar y demostrar que tiene derecho a compensación, tela marinera...

#11

Re: Herencia y pareja de hecho (o cónyuge)

¿Qué diferencia hay entre heredero y legatario?

#12

Re: Herencia y pareja de hecho (o cónyuge)

El heredero participa en la herencia (en todos los bienes y derechos) en una proporción, mientras que al legatario se le deja por testamento un bien concreto, o una cantidad de dinero normalmente.
Si no hay legatarios, todo va para los herederos, los designados en testamento, o si no lo hay, los legales (familiares más proximos siguiendo un orden).
También puede darse el caso de que se reparta toda la herencia en legados, pero es más raro, y entonces se les considera herederos según la participación teórica de cada uno según su legado.
Hay mas diferencias, en general el heredero tiene mas derechos respecto a la herencia, ya que el derecho del legatario se limita a lo que le han dejado.
Hay varios tipos de legados y en función de ellos, se satisfacen por los herederos, que tienen la obligación de hacerlo en cuanto no perjudique su legítima.