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20% apremio

8 respuestas
20% apremio
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#1

20% apremio

tengo una empresa s.l. con 4 administardores,recayo una deuda de 70.000 y fue derivada a los administardores ,al no cumplir con el pago se aplico el 20% de apremio e intereses.
Hace 3 meses un administrador pago la deuda+apremio+intereses.
ahora hacienda reclama a los otros 3 administradores el 20% de apremio de la deuda a cada uno.¿hacienda puede cobrar 4 veces el 20% de apremio por la misma deuda?

#3

Re: 20% apremio

Me has dejao ojiplático como dice la del blog de "Una mamá en Alemania". No pensaba que pudieran hacerlo, pero de la sentencia se deriva que sí claramente

#4

Re: 20% apremio

Bueno, piensa en el tema no como un mero expediente administrativo, sino como un incumplimiento de la ley.

Supón un atraco a un banco con intimidación: pena 5 años 4 meses.
¿Y si los atracadores son dos? ¿Se divide entre dos la pena -2 años y 8 meses- o se condena a cada atracador a lo mismo?

Evidentemente, todo es opinable e interpretable. Esa misma sentencia (reciente, de 2013), tiene voto particular.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#5

Re: 20% apremio

Se entiende un poco mejor cuando revisas el concepto de "recargo de apremio" y de "deudor o responsable solidario", pero a primera lectura es ciertamente desconcertante...

#6

Re: 20% apremio

Yo creo que no hay por dónde cogerlo. En mi vida he visto una sentencia tan absurda. Según eso, si una comunidad de bienes tiene una deuda en apremio, ¿cada comunero tiene que pagar el recargo de apremio?.

#7

Re: 20% apremio

Exactamente.
Respecto de la deuda, esta es única.
Respecto del recargo de apremio, se meritan tantos recargos como personas responsables existan del impago.

Si una CB, de 5 comuneros, los cinco responsables solidarios de la administración de la misma, impaga una cuta del IVA, está clarísimo que hay cinco "delincuentes".
Y si la pena (administrativa) por el impago del IVA es un recargo del 20 %, si la cosa la han hecho cinco, deben pagar 5 x 20 %.

Es una manera de interpretarlo.
Seguro que en caso de impago, si los varios responsables aparecen y dan la cara desde el inicio, y hay causa justa en el impago, la AEAT aceptará dividir el total de la deuda+recargo entre los varios.
Pero si se observa incumplimiento reiterado, mala fe, etc etc, pues ya tiene jurisprudencia penalizadora.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#8

Re: 20% apremio

O sea que un matrimonio en régimen de gananciales que hace declaración conjunta de IRPF, si por descuido se retrasa en el pago del 2º plazo (el de noviembre) tiene que pagar el doble por recargo de apremio. Me sigue pareciendo una aberración.
Lo que no me parece de recibo es que, además, si el funcionario de Hacienda te ve con buenos ojos, te pueda hacer una rebaja en el recargo.