Exactamente.
Respecto de la deuda, esta es única.
Respecto del recargo de apremio, se meritan tantos recargos como personas responsables existan del impago.
Si una CB, de 5 comuneros, los cinco responsables solidarios de la administración de la misma, impaga una cuta del IVA, está clarísimo que hay cinco "delincuentes".
Y si la pena (administrativa) por el impago del IVA es un recargo del 20 %, si la cosa la han hecho cinco, deben pagar 5 x 20 %.
Es una manera de interpretarlo.
Seguro que en caso de impago, si los varios responsables aparecen y dan la cara desde el inicio, y hay causa justa en el impago, la AEAT aceptará dividir el total de la deuda+recargo entre los varios.
Pero si se observa incumplimiento reiterado, mala fe, etc etc, pues ya tiene jurisprudencia penalizadora.
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!