Derivados y el borrador
¿A qué se debe que las operaciones realizadas con derivados no figuren en el borrador que proporciona los datos fiscales de la AEAT? No le consta? tienen alguna regulación especial? dónde se incluyen?
Otra duda:un futuro,que por ejemplo, se adquiera el 15 de diciembre del año X y se vende el 13 de enero del año X+1,¿se consideran las pérdidas y ganancias diariamente según se van abonando por diferencias o se considera todo como liquidado el 13 de marzo?
Y los CFD? entiendo que ahí si van con fecha de venta
¿Los "dividendos" que proporcionan los CFD cómo se declaran?¿como dividendos normales de los mercados regulados?
¿los costes de financiación se pueden imputar en la contabilidad de compra-venta del CFD?