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IRPF

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#1

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Buenos días, a finales del año 2011 mi pareja falleció, estabamos casados en gananciales y con una vivienda con su corresponndiente hipoteca, en el año 2012, el segur de vida que tenía contratado a su nombre hizo efectivo un pago del orden de 15000 euros, las mensualidades pagadas en el año 2012 ascienden a 9000 euros, al ver los datos fiscales veo que la agencia tributaria considera que he amortizado 9000+15000=24000 euros, mi pregunta es: eseos 15000 euros que se han amortizado en 2012, los puedo desgravar en sucesivos años fiscales venideros (2013,2014 y 2015)?? o se ha perdido esa capacidad de desgravación, si se puede, como se hace?

Gracias

#2

Re: IRPF

No se pueden desgravar en períodos siguientes, lo que se haya amortizado por encima de 9.040 por declaración "se pierde".