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Mi primera declaración. Totalmente perdido!!!!

6 respuestas
Mi primera declaración. Totalmente perdido!!!!
Mi primera declaración. Totalmente perdido!!!!
#1

Mi primera declaración. Totalmente perdido!!!!

Buenas tardes.

A ver si alguien me orienta un poco. Resulta que en el 2012 en mi antigua empresa en agosto 2012 hubo un ERE y como consecuencia de ello lamentablemente me fui al paro.

He de decir que nunca he hecho la declaración ya que mis ingresos en todos estos años nunca han superado los 22.000 euros anuales con lo cual no estaba obligado a hacerla, pero este año ya me surge la duda y no se ni por donde empezar!!!.

Comento mis cifras del año 2012:

Periodo Enero - Agosto: Ingresos de media algo menos de 1000 euros NETOS al mes.

En agosto tenemos el ERE: Indemnizacion mas finiquito de aprox: 10.000 euros.

Perido Octubre- diciembre: Cobrar prestacion por desempleo: 950 euros Netos al mes.

Según leo si tienes dos pagadores hay que realizar la declaración ya que la prestacion seria un segundo pagador, pero supongo supongo que lo del segundo pagador será en caso de gente que tenga dos trabajos al mismo tiempo y no en caso de despido y posterior cobro de la prestacion.

¿Como se si tengo que realizar la declaracion?
¿Por donde empiezo?

Un saludo.

#2

Re: Mi primera declaración. Totalmente perdido!!!!

Lo primero que debes tratar de conseguir es el borrador en la página web de la Agencia Tributaria. De los ingresos que apuntas, puede que la indemnización esté exenta de tributación, por lo que es recomendable diferenciar el importe del finiquito (tributa) de la indemnización (generalmente no tributa).

El borrador, te va a resolver muchos problemas.

Saludos.

#3

Re: Mi primera declaración. Totalmente perdido!!!!

Buenas.

En el borrador vienen los datos de mis ingresos a lo largo de 2012?.

Tambien tengo la duda de si cumpliría el requisito de haber tenido un segundo pagador o no.

#4

Re: Mi primera declaración. Totalmente perdido!!!!

En el borrador deberían venir. Los del INEM, seguro que te aparecen.

En cuanto a los pagadores, has tenido dos pagadores: la empresa y el INEM.

En el caso de que tus ingresos brutos (antes de los descuentos) hayan superado 11.200 euros anuales, estarías obligado a presentar la declaración, porque de tu segundo pagador (INEM) has superado la cantidad de 1.500 euros en el año (950 por 3 meses).

Saludos.

#5

Re: Mi primera declaración. Totalmente perdido!!!!

Muchas gracias Empty.

Luego a la noche investigo para descargarme el borrador y si tengo alguna duda lo pondré aqui.

Un saludo.

#6

Re: Mi primera declaración. Totalmente perdido!!!!

Buemas tardes.

He conseguido el borrador y me indica que:

"De acuerdo con los datos en poder de la Agencia Tributaria a 7 de abril de 2013 no es posible elaborar
el borrador de declaración por obtener rendimientos de capital inmobiliario, en aplicación de lo
establecido por la normativa del Impuesto."

Tengo unos depositos que me están rentando intereses que están puestos como rendimientos de cuentas bancarias.
Unas acciones de telefónica por 4 duros que las tengo muertas y que aparecen como RENDIMIENTOS EXPLÍCITOS DE CAPITAL MOBILIARIO, BASE IMPONIBLE DEL AHORRO.

Y aqui viene la duda: Tengo como ARRENDAMIENTOS DE INMUEBLES un ingreso de un sujeto que aparece como pagador identificado con nombre y DNI y en concepto de CLAVE PERCEPCION : DINERARIA un ingreso, pero no tengo ni idea de donde sale este pago !!!

Si no se puede hacer el borrador que habria que hacer en este caso???

Un saludo.

#7

Re: Mi primera declaración. Totalmente perdido!!!!

Lo más aconsejable, descargarte el programa PADRE 2012 y hacer la declaración correspondiente ya que no puedes ni modificar ni confirmar el borrador porque no existe.

Cuando utilices el programa, te da la opción de "Incorporar datos fiscales y personales". Mediante esa utilidad, se incorporan (si así lo deseas) los datos que obran en poder de la Agencia Tributaria en tu declaración. Luego puedes modificar e incorporar todos los datos que consideres pertinentes.

Una vez que tu declaración esté correcta, la puedes presentar telemáticamente a partir del 24.04.13. También la puedes imprimir y presentar en el banco (en el que hayas solicitado la devolución o en el que quieras pagar la declaración) a partir del 02.05.13.

Saludos.

Saludos.