La obligación de hacer la declaración es de los herederos, la puede presentar cualquiera de ellos, puede ser la mujer o uno de los hijos.
Si tu madre sólo cobró la pensión, entonces en principio no tendrá obligación de declarar. Sin embargo puede que le interese presentarla para que le devuelvan posibles retenciones (por ejemplo si le han dado algo de intereses en el banco, le devuelven la retención).
Tienes que tener en cuenta que cuando alguien fallece es obligatorio hacer declaración individual para ambos cónyuges, no pueden hacerla conjunta.
Si no controlas mucho, lo mejor es que pidáis cita en una delegación de Hacienda cuando comience la campaña de renta y allí os lo hacen todo.