Acceder

Modelo 130 y gastos deducibles

9 respuestas
Modelo 130 y gastos deducibles
Modelo 130 y gastos deducibles
Página
2 / 2
#9

Re: Modelo 130 y gastos deducibles

Para empezar el negocio hice una pequeña inversión: mobiliario, reforma de local, reforma eléctrica, cierre, etc. Tengo una serie de gastos y no sé cual se puede considerar gasto y cuál bien de inversión. ¿Hay algún mínimo de dinero en el bien para que se considera bien de inversión para poderlo amortizar? Entiendo que son bienes necesarios para la actividad y no serían gastos.
Otra cuestión: ¿Dónde tengo que poner los bienes de inversión y las amortizaciones? ¿en el libro de bienes de inversión o también hay que poner algo en el libro de gastos?

#10

Re: Modelo 130 y gastos deducibles

Bienes de inversión, aquellos que formen parte del activo fijo, y de coste superior a 3.000 + IVA. Se deduce por amortización anual.

Resto de bienes que formen parte del activo fijo, si su importe es superior a 600 + IVA, amortización anual.

Resto de bienes que formen parte del activo fijo, si su importe es inferior a 600 + IVA, puedes acogerte al beneficio fiscal de "amortizarlos" de golpe (= gasto), con el límite de 12.000 €/año por todas las amortizaciones anticipadas.

¿Que es gasto? Lo que ya no tienes. La electricidad, por ejemplo, la pagaste, pero ya no la tienes.

¿Que es inversión? Lo que simplemente cambias (dinero -> cosa), y es susceptible de producir futuros ingresos, o formar parte del proceso del negocio. Adquisición de mobiliario para la recepción, por ejemplo.

Las obras en el local ¿son amortizables o directamente deducibles como gastos? Pues depende. Si se trata de reparaciones (volver a poner en uso útil una cosa que lo había perdido), es un gasto. Si se trata de una mejora o variación de lo que había, es una inversión que se amortiza anualmente.

La persiana del local cerraba, pero iba mal, y aproveché para motorizarla ¿es gasto o inversión?
Depende, tanto de como lo quieras argumentar, como de lo que te convenga fiscalmente. Puede ser una cosa y la otra.
Si has tenido beneficios elevados, y te interesa tributar menos ahora (más en el futuro...), mételo como gasto.
Si tienes pensado en ir al banco a solicitar financiación, y necesitas mostrar la mayor solvencia posible, mételo como inversión amortizable.

Y sí, formalmente debes llevar un "libro" de amortizaciones y bienes de inversión.
Y en el "libro" de gastos, el apunte correspondiente a las amortizaciones.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!