Modelo 130: duda
Hola! A ver si alguien me puede ayudar... Me estoy leyendo las instrucciones del modelo 130 (IRPF) y en el apartado 3.1 hay un párrafo que dice:
"No obstante, las personas físicas que desarrollen actividades profesionales no están obligadas a presentar declaración de pago fraccionado ni a efectuar ingreso alguno por este concepto en relación con las mismas si, en el año natural inmediato anterior, al menos el 70 por 100 de los ingresos procedentes de dichas actividades hubieran sido objeto de retención
o ingreso a cuenta. En el supuesto de inicio de la actividad, se tendrá en cuenta a estos efectos el porcentaje de ingresos que hayan sido objeto de retención o de ingreso a cuenta
durante el período trimestral a que se refiere el pago fraccionado."
Alguien me lo puede explicar??
Muchas gracias de antemano.