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Salarios tramitación y desempleo: imputación IRPF

5 respuestas
Salarios tramitación y desempleo: imputación IRPF
Salarios tramitación y desempleo: imputación IRPF
#1

Salarios tramitación y desempleo: imputación IRPF

Despido demandado en septiembre de 2009 y declarado en mayo 2010 improcedente, optando la empresa por la readmisión pero recurriendo al TSJ.
En mayo 2010 ingresan los salarios de tramitación en el juzgado descontándolos el IRPF que la empresa ingresa en Hacienda.
En Junio del 2011 el TSJ vuelve a darme la razón y como había trabajado en el primer proceso judicial en otra empresa, al dinero depositado en el juzgado en una comparecencia en Noviembre de 2011 se me descontó dicha cantidad cobrada en la otra empresa en la que trabajé. La cantidad correspondiente el juzgado me la ingresó en Marzo de 2012.
Y al paro en Mayo del 2012 le he devuelto lo cobrado en parte del 2009 y el 2010.
Preguntas: ¿ Estos salarios cobrados en 2012 se declaran en Hacienda en el 2011, o sea antes de del 30 de junio de este año, o en la declaración del año que viene, o por el contrario al pertenecer a parte del año 2009 y parte al 2010 en complementarias de dichos años, pero en este momento, ya que estamos en periodo de Declaración de IRPF?
¿ El desempleo devuelto igualmente lo descuento de los rendimientos del trabajo del 2011, del año que viene, o de complementarias del 2009 y 2010 que fue cuándo lo percibí?
¿ El IRPF a declarar sería el realmente ingresado a mi nombre por la empresa a Hacienda o la que realmente me correspondería con lo que he cobrado ya que la cantidad cobrada es inferior a la que la empresa realizó el IRPF?
¿Me corresponde algún tipo de reducción? ¿Si a los salarios de tramitación la empresa realizó un 15% de retención, podrían considerarse atrasos, y si es así como lo pondría en la declaración?

Sé que es un poco lioso, pero no me dan respuesta en ningún lugar, y en Hacienda cada funcionario me dice una cosa, y realmente no sé que hacer, y el 30 de junio está ya aquí.

Muchas gracias por su ayuda.

#2

Re: Salarios tramitación y desempleo: imputación IRPF

Si lo analizamos por partes puede que nos quede mas claro:

Ejercicio 2009.- Se tiene un salario cobrado hasta septiembre , el resto del ejercicio queda pendiente de sentencia . ¿Que se declara en este ejercicio ?.

Corresponde realizar una complementaria del 2009 , incluyendo lo cobrado como salarios de tramitacion , en la parte que le corresponda asi como las retenciones que tambien le corresponda, si en este 2009 se ha cobrado algo de paro que se ha devuelto, pero si se ha declarado , en la complementaria se quita esta parte de paro declarado.

Ejercicio 2010.-Se tiene al parecer un periodo de salarios en otra empresa que estaran declarados en este ejercicio , asi como paro tambien declarado.

Corresponde hacer complementaria del 2010 , donde a los salarios declarados de la otra empresa manteniendo sus retenciones , se le deben restar la parte de salarios de tramitacion cobrados ,y que se descuentan de estos salarios, pero mantener la retencion ingresada en hacienda por estos salarios de tramitacion que correspondan el 2010

Si en este periodo las rentas del paro declarado, se devuelven , esta cifra devuelta se resta de lo declarado en esta complementaria.

Ejercicio 2011.-Se declaran los salarios o paro realmente cobrado , ya que las cantidades que aunque cobradas en este 2012 se corresponden a los ejercicios 2009-2010 , se regularizan con complementarias.

Si alguna de estas complementarias sale a favor del contribuyente , se debe hacer una Solicitud de Ingresos Indebidos , adjuntando la complementaria.

Las complementarias se realizan con los PADRES del ejercicio que se regulariza, siendo lo mas sencillo el hacer un duplicado de las presentada y a partir de esta duplicada corregir los datos necesarios.

Se deben presentar cuando se tiene conocimiento de las rectificaciones necesarias para actualizar los ejercicios presentados, asi que este es buen momento.

Hay que cuadrar que no se duplica ningun ingreso declarado y despues devuelto , asi como que las retenciones son ingresos realizados por cuenta del contribuyente y si estos no han sido descontados en los Datos Fiscales de Hacienda , se deben mantener como imgresos a cuenta realizados y que minoran la cuota tributaria.

Saludos

#3

Re: Salarios tramitación y desempleo: imputación IRPF

Muchas gracias por la respuesta.

Pero, en Hacienda se han puesto varios técnicos de acuerdo y me han comentado lo siguiente:
Debo declarar los salarios de tramitación cuándo la sentencia haya adquirido firmeza, independientemente de cuándo los haya cobrado y del periodo al que correspondan, es decir, que lo debo declarar en la declaración de este año 2011,ya que en Junio de 2011 adquirió firmeza.
Como desde el Juzgado me han ingresado lo neto, debo añadir esta cantidad pero en bruto a los demás rendimientos de trabajo del año 2011, y en retenciones debo poner la cantidad que en el 2010 me retuvieron sobre los salarios de tramitación y que yo no puse en dicha declaración hasta esperar a que todo fuera firme, sumándola igualmente a las retenciones de ese año.
Y en cuanto a la devolución de las prestaciones de desempleo, debo realizar un escrito de rectificación de las declaraciones del año 2009 y 2010.

Lo que no llego a entender es como me sale a pagar si realmente ingresaron un irpf más alto del que me correspondía porque al final he cobrado menos, al descontarme el sueldo ganado en la otra empresa durante el proceso judicial.
Los salarios de tramitación no me los consideran atrasos, y me dicen que en el momento que hay sentencia firme, hay que declararlo en ese año todo.

Nada que ver con lo que me comentas. Cómo lo ves? Yo creo que con los despidos que hay hoy en día estos casos los tendrán todos los días, y realmente porque cada uno lo hace de una manera?

Me puedes facilitar normativa que yo pueda justificarsela para que vean que puede que no esten en lo cierto.
Saludos.

Saludos

#4

Re: Salarios tramitación y desempleo: imputación IRPF

Si en los salarios de tramitacion, existe una sentencia que determine su pago , efectivamente estos ingresos se declaran en el ejercicio que se hace firme la sentencia, si esta firneza se adquiere en el 2011 , deberas incluirlos como mayores salarios del 2011 , por el Bruto que es la suma del Neto cobrado mas la retencion practicada , se declara asi misma esta retencion.

Si en esta cifra existe algo de indemnizacion por despido , este se encuentra exento de tributacion ( no se declara esta parte).

Realmente no tengo cogido el relato completo y me es muy dificil contestarte coherentemente, deberias coger las declaraciones presentadas , viendo lo declarado y ajustando las devoluciones o compensaciones aplicadas. No entiendo bien cuando dices que de los salarios de tramitacion , se descontaron salarios cobrados en otra empresa , hay que ver que se declaro de esta partida , porque se pudiera estar duplicando la declaracion de esta.

Si quieres puedes explicarme mas detalladamente , por e_mail interno de Rankia , pulsando en mi Nick y enviandome la explicacion.

Saludos

#5

Re: Salarios tramitación y desempleo: imputación IRPF

Te he mandado contestacion que lo tendras en la direccion de correo que hayas dado cuando te diste de alta en Rankia.

Saludos

#6

Re: Salarios tramitación y desempleo: imputación IRPF

Una pequeña precisión
Las indemnizaciones por despido están exentas hasta la cantidad máxima que en cada momento indique el estatuto de los trabjadores, la cantidad que exceda de este máximo si que tributa