Dudas sobre cancelación de hipoteca
Tengo una duda, hemos comprado este año un solar urbano edificable, pero de momento no está edificado.
¿ Hay que incluirlo en la relación de bienes inmuebles no afectos a actividades económicas?
Gracias
Tengo una duda, hemos comprado este año un solar urbano edificable, pero de momento no está edificado.
¿ Hay que incluirlo en la relación de bienes inmuebles no afectos a actividades económicas?
Gracias
Hace 22 compramos una casa , es la vivienda habitual.
En el 2011 cancelamos la hipoteca, los gastos entre Notario, Registro y banco fueron de 385 €.
¿ se puede esto poner como gastos deducibles, y en qué casilla debería de ponerlo ?
Gracias
Las adquisiciones no se declaran en el IRPF , se declaran cuando se venden , por sus plusvalias/minusvalias.
En la cancelacion de la hipoteca , es deducible las cuotas pagadas hasta la cancelacion y la amortizacion final si esta ha existido , asi como los gastos que ocasione esta cancelacion.
En el Anexo A.1 se declara como inversion deducible hasta el limite de los 9.040 euros por declaracion.
Saludos