Dudas con el ISD
Hola a todos, me gustaría que me pudierais dar información sobre un tema que no me queda muy claro, paso a comentarlo.
Mi tío falleció ahora hace un año, como herederos de todos sus bienes estamos los tres sobrinos, entre otras cosas había una vivienda (habitual) y unas obligaciones subordinadas de Bancaja (10ª edición), al hacer la liquidación del impuesto de sucesiones lo incluimos todo.
En la Consellería obtuvimos el precio de la vivienda y aumentamos un poco el valor para que en caso de venderla que no nos cobraran más (ejemplo: valor de la vivienda en Consellería de Hacienda 90.000€, nosotros pusimos en el ISD 100.000€ que es lo que aceptamos en la herencia ante notario), bien, tal y como está el tema inmobiliario, y debido a que estamos hartos de pagar gastos de otros inmuebles que recibimos en otras herencias y que todavía no hemos vendido, decidimos venderla un poco por debajo del precio medio y, vamos a suponer que la vendimos por 80.000 €, la pregunta es, ¿Podemos modificar la liquidación del ISD y poner en el apartado de inmuebles los 90.000 € que figuraban en Consellería, aunque ya se haya pagado el impuesto?, en caso negativo cabría alguna deducción en la declaración del IRPF.
2ª pregunta: Bancaja tiene bloqueadas las Obligaciones Subordinadas y no podemos hacer nada con ellas hasta 2019, ni incluso ponerlas a nuestro nombre, ¿se pueden retirar del ISD hasta la fecha en la que realmente pasen a nuestra disposición, si es que algún día pasan?.