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Deduccion por movilidad deduciendo vivienda habitual

16 respuestas
Deduccion por movilidad deduciendo vivienda habitual
Deduccion por movilidad deduciendo vivienda habitual
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#9

Re: Deduccion por movilidad deduciendo vivienda habitual

Mi caso es similar. Lo he planteado en otro foro dentro de rankia pero sin respuesta. Copio lo que escribí a ver si a alguien le cuadra el tema.

Muy buenos días.
Mi cuestión es un tanto compleja y le he dado muchas vueltas a consultas en el foro pero a ver si alguien me puede echar una mano y tiene que ver con el comentario anterior.
En Febrero 2013 quedo desempleado en Asturias y en Julio acepto un trabajo en Madrid que me obliga a trasladarme. Poseo una vivienda al 50% en Asturias por la que he desgravado desde 2007.
Mis cuestiones son dos.
- ¿En qué comunidad presento la declaración? En principio residí en Asturias hasta el 15 de Julio que son más de los 183 días que creo haber leído en algún sitio que se consideran.
- Al trasladarme a Madrid, voy a aplicar en la declaración la desgravación por Movilidad Geográfica. ¿Podría aplicar la desgravación por pago de hipoteca de vivienda habitual hasta el 15 de Julio y la movilidad geográfica?.He leído que hay gente a la que se les ha indicado que son incompatibles pero al haber residido en mi vivienda habitual más de 180 días, me surge la duda.
Muchas gracias por este foro. Es realmente útil

#10

Re: Deduccion por movilidad deduciendo vivienda habitual

No es difícil:

- si puedes acreditar que estuviste en Asturias hasta 15 julio, declaras en Asturias.

- ¿Qué día empezaste a trabajar ? Ese es el día que se considera que has cambiado de domicilio.

_ Hasta ese día te deduces tu parte de la hipoteca

- a partir de ese día, si tienes contrato de alquiler en Madrid, te lo deduces. Si no, te deduces solo por la movilidad geográfica.

Es incompatible simultanear, pero hasta julio era tu vivienda habitual, así que sí puedes deducirte los 6 meses.

#11

Re: Deduccion por movilidad deduciendo vivienda habitual

Cuestión primera: En Asturias, ya que has permanecido mayor número de días.

Cuestión segunda: Sí te puedes deducir por adquisición de tu vivienda habitual por las cantidades pagadas hasta el 15 de julio. Y la reducción por movilidad geográfica, también.

Saludos.

#12

Re: Deduccion por movilidad deduciendo vivienda habitual

Lo que tiene que cambiar es el domicilio fiscal: el empadronamiento a la AEAT le da igual, pero el domicilio fiscal sí les importa. De hecho, es requisito.

NO te puedes deducir tu 50% de vivienda desde el momento en que trasladas tu domicilio (firma de contrato), pero sí lo que hayas pagado hasta ese mes/día.

Si hacéis conjunta y tu cónyuge sigue viviendo allí, puedes deducir su 50% de todo el año.

Edito: esto no es para el de Asturias, es para el anterior.

#13

Re: Deduccion por movilidad deduciendo vivienda habitual

Muchas gracias por vuestras respuestas. La verdad es que estaba en paro en Asturias, firmo el contrato el 15 de Julio (indefinido) y el de vivienda el 26 de Julio (todo legal). Tengo teléfono en casa a mi nombre, la factura del agua llega a mi nombre...etc. De la vivienda de Asturias llevo 5 ejercicios deduciendo y tengo la cartilla del paro sellada en Asrurias.
La verdad es que me van a venir esos dineros muy muy bien. Lo de deducir el alquiler tengo que ver si puedo ya que creo que hay un límite.
¿Se puede cambiar el domicilio fiscal por teléfono?
Gracias por toda vuestra ayuda.

#14

Re: Deduccion por movilidad deduciendo vivienda habitual

Por teléfono, no lo puedes hacer. Si tienes DNI-electrónico o certificado digital, lo puedes hacer desde la página web de la Agencia Tributaria.

Dado las fechas en las que estamos, en mi opinión con que en tu próxima declaración hagas constar tu nuevo domicilio, yo creo que es suficiente.

Saludos.

#15

Re: Deduccion por movilidad deduciendo vivienda habitual

No suelen meterse con la falta de presentación del 030, así supongo que bastaría con que hicieses lo dicho por Empty.

#16

Re: Deduccion por movilidad deduciendo vivienda habitual

Desde mi opinión, tengo mis dudas al respecto, pues según la ley de irpf una vez pasados creo que son tres años desde la compra, la vivienda habitual puedes desgravartela si sólo tienes esa vivienda, aunque cambies de domicilio, por lo que a mi entender, no veo esa incompatibilidad de deducirse tanto uno como otro , si sólo tienes una casa y por motivos laborales tienes que mudarte,lo que faltaba ya es que encima no te puedas deducir tu única casa, otra cosa es que quieras deducirte tu casa y el alquiler, cosa que sería un abuso, pero creo no es el caso.
http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio_es_ES/_Segmentos_/Ciudadanos/Vivienda/Tributacion_de_la_compra_de_la_vivienda/Deduccion_por_inversion_en_vivienda_habitual/Condiciones_y_requisitos_de_caracter_general.shtml