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Pago de Plusvalía ¿dos veces? - Plusvalía municipal

4 respuestas
Pago de Plusvalía ¿dos veces? - Plusvalía municipal
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Pago de Plusvalía ¿dos veces? - Plusvalía municipal
#1

Pago de Plusvalía ¿dos veces? - Plusvalía municipal

Hola, tengo una duda sobre de la Plusvalía Municipal (Oviedo).

Al fallecer mi padre he heredado su parte de una vivienda que hasta hacía varios años antes de fallecer fue su vivienda habitual durante 26 años y luego pasó a estar alquilada, uno de los trámites que he tenido que hacer fue el pago de la plusvalía municipal, que ya estaba congelada porque el piso tenía más de 20 años en ese momento (año 2009), la otra mitad del piso es de mi madre que tiene la parte de mi padre en usufructo, ahora queremos vender ese piso porque la inquilina que tenemos viviendo nos ha dicho que está interesada en comprarlo, la duda que tengo es sobre si tengo que volver a pagar plusvalía o en este caso solamente la pagaría mi madre por su parte, o si yo tengo que volver a pagarla de nuevo a causa de la venta algo que me parece más probable porque como se suele decir nadie da puntada sin hilo, sobretodo cuando se trata de recaudar dinero.

Muchas gracias por su tiempo.

#2

Re: Pago de Plusvalía ¿dos veces? - Plusvalía municipal

La Plusvalía Municipal de tu parte, corresponde a los años transcurridos desde la fecha de la herencia a la fecha de la venta y para tu madre le corresponde el tope de años establecido de 20 años.
Saludos

#3

Re: Pago de Plusvalía ¿dos veces? - Plusvalía municipal

Buenos días:

Solamente tienes que pagar la plusvalía de tu parte desde 2009, si no tienes pérdidas.

La parte de tu madre tiene más de 20 años en posesión y después de 20 años no hay plusvalía municipal.

NO ESTÄ CONGELADA LA PLUSVALÏA MUNICIPAL después de 20 años, sino que se va por el desagüe y pasa a ser CERO (0)


Saludos.


#4

Re: Pago de Plusvalía ¿dos veces? - Plusvalía municipal

Buenos días:

Engañar a las personas diciendo que " para tu madre le corresponde el tope de años establecido de 20 años" atenta contra el art. 20 de la Constitución Española.

STC 59/2019. Se ha pronunciado el ÇTribunal constitucional y ha dicho que el gravamen solamente se anuda a la titularidad durante el período de 1 a 20 años.

Después de 20 años, se cae el cartel.

La transmisión no es suficiente.

Saludos.
#5

Re: Pago de Plusvalía ¿dos veces? - Plusvalía municipal

Buenas tardes:

El impuesto de plusvalía municipal no está puesto para sacar especialmente dinero a las familias, aunque alguna puede ser gravada.

Está para capturar los movimientos de inmuebles en los que se pueda ganar dinero.

Las familias, tienen como cualquier otro que adquiere un inmueble urbano, un año que no está gravada después de la herencia.
hoy
Si no se fuera por el desagüe la plusvalía ficticia municipal las familias serían literalmente cazadas, ya que el fallecimiento es irremediable. Puesto que es ficticia la plusvalía, por la Constitución Española ( art. 31.1) se tiene que dejar suelta a la titularidad, cins gravamen,  puesto que no se basa en una plusvalía real.

Tenemos una gran Constitución y en el día de la Constitución, entenderla es hacerle un homenaje.

Saludos.