Duda sobre requisitos para mínimo por ascendientes discapacitados
Mi madre es enferma de Alzheimer, tiene 95 años, grado 3 de dependencia y 82% de discapacidad, y ningún tipo de ingreso económico, durante dos ejercicios, la puse en mi declaración, pero cuando la tuve que ingresar en una residencia pública, la quite de mi declaración, me han comentado que podría volver a ponerla, he visto en el manual de la renta que en los requisitos por mínimo de ascendientes en el apartado
b) Que convivan con el contribuyente, al menos, la mitad del período impositivo. Por lo
Que respecta a este requisito, se considera que conviven con el contribuyente los ascendientes con discapacidad que, dependiendo del mismo, sean internados en centros especializados
No sé si una residencia cumple el requisito y en caso afirmativo, si también podría ponerla como ascendientes con discapacidad, creo que el requisito es también el mismo mas los de el grado de discapacidad
Condiciones de aplicación del mínimo por discapacidad apartado
b) La aplicación del mínimo por discapacidad de ascendientes o descendientes está condicionada a que cada uno de ellos genere derecho a la aplicación del respectivo mínimo, es decir, mínimo por ascendientes o mínimo por descendientes.
Que seria lo correcto ?