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Declarar estos conceptos? (gastos escolaridad, 1/2 alquiler, prestamo entre particulares)

2 respuestas
Declarar estos conceptos? (gastos escolaridad, 1/2 alquiler, prestamo entre particulares)
Declarar estos conceptos? (gastos escolaridad, 1/2 alquiler, prestamo entre particulares)
#1

Declarar estos conceptos? (gastos escolaridad, 1/2 alquiler, prestamo entre particulares)

Buenas dias,

me preguntaba si podia declarar aqui en Madrid los siguientes conceptos:

- Alquiler: Deduccion estatal y/o autonomica?

Creo que con mi situación personal (todo el año anterior estaba en el paro, cobrando <17.000euros al año de prestaciones, un solo pagador: SEPE) puedo -por fin- declarar el alquiler visto que se trata de un contrato firmado en 2011, correcto? De hecho, es posible declarar solo la mitad si mi mujer (otra arrendataria en contrato) declara la suya? (tengo 42 años este año)

- Gastos escolaridad:

He leido la posibilidad de deducir 15% de los gastos de escolaridad (deduccion autonomica en Madrid): que tipo de gastos? se puede declarar los costes de comedor, los costes de material pagado al inicio del año,..?

- Prestamo entre particulares

He firmado inicio 2016 un contrato de "prestamo sin intereses entre particulares" = mis padres en Francia a quienes reembolso cada mes 150euros (30.000 en total), esta declarado en Hacienda...no es imponible sin embargo debo declararlo en mi declaracion?

 

Muchas gracias

Saludos

#2

Re: Declarar estos conceptos? (gastos escolaridad, 1/2 alquiler, prestamo entre particulares)

Los alquileres de la vivienda habitual en el regimen Estatal, las puedes aplicar 50% cada conyuge, en la Autonomica tienes que tener menos de 35 años.

Los gastos escolares no incluyen los de comedor:

En los centros públicos y en los privados con concierto educativo la enseñanza debe ser gratuita, por lo que ningún alumno incluido en un centro de tales características podrá soportar gastos relativos a la escolaridad. Si será posible soportar gastos de escolaridad en los centros privados no concertados.

  • No serán deducibles los gastos de comedor, transporte, etc. girados por el centro educativo que, aunque indirectamente vinculados con la enseñanza, no se corresponden con ésta.

  • Tampoco serán deducibles los gastos por adquisición de libros de texto

 

El prestamo en si, no tiene efecto fiscal , porque no esta destinado a la adquisicion de la vivienda habitual.

Saludos

#3

Re: Declarar estos conceptos? (gastos escolaridad, 1/2 alquiler, prestamo entre particulares)

Muchas gracias Lunatico,

 

una precision, Si que escribi en el contrato que recibi el dinero "para la futura adquisición de una vivienda habitual." aunque a dia de hoy todavia no me compre nada: cambia algo crees?

 

Un saludo