Rjavier reconoce la claúsula de impunidad a favor de Eurobank I
Finalmente, Rjavier ha escrito en este foro que el Convenio que “negoció entre comillas” la cúpula de Adaem -asistida por los mismos individuos que ahora dedican su tiempo y esfuerzo “solidario” a explicar que la asociación de consumidores que se ha enfrentado a Eurobank y sus maniobras es en realidad quién ha urdido el caso para aprovecharse de los afectados al recomendarles que votaran contra el Convenio que pretendía un señor de nombre Rubén Manso, nombrado para hacerse cargo del fiasco por el señor Eduardo Pascual Arxé -, decimos que se ha reconocido ya que dicho Convenio, contenía la cláusula denunciada reiteradamente por AUSBANC CONSUMO y que exime a EUROBANK de toda responsabilidad relativa al incumplimiento de los contratos de depósito.
Una vez hecho este reconocimiento fundamental, su artífice, al que animamos a que siga escribiendo –si es que quiere y le dejan - cosas ciertas y reales, se explaya en disquisiciones sobre el “contexto” del asunto las cuales, en su opinión, explicarían la conveniencia de votar ese Convenio en el que se ofrece tan por las claras, la impunidad civil económica a los señores Pascual, Manso y compañía.
Decíamos que es conveniente que se sigan escribiendo en este foro, para conocimiento general, cosas ciertas y verificables sobre el citado Convenio que vinieron a recomendar con tanto entusiasmo firmar la cúpula de Adaem y sus merodeadores. Reconocida ya la existencia de una concesión de impunidad económica, es necesario que se diga que ésta impunidad económica también afecta al presunto pago de “intereses” del 2,5 por cien anual. El Convenio también contiene una cláusula que exime a Eurobank de responsabilidad alguna por incumplir esta “promesa”.
Este es el gran “triunfo” conseguido por la cúpula de Adaem y merodeadores en sus negociaciones: que se les devuelva a los depositantes lo que es suyo y que EUROBANK mantenía a buen recaudo y liquidable en caja pero que tuvo la ocurrencia de no pagar cuando decían los contratos. Ni siquiera hay responsabilidad alguna si EUROBANK no le paga ese “interés” ridículo para el contexto, puesto que cualquier contrato de crédito de los que concedía EUROBANK contenía un interés de mora del 29 por cien anual capitalizable. Frente a este contexto, los ufanos señores de la cúpula de Adaem se conformaron con que les prometieran, sin garantía alguna, un 2,5 por cien.